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lunes, 9 de agosto de 2021

¿Qué es un medico del trabajo?

 ¿Qué es un Medico del Trabajo?


ABC DE LA MEDICINA DEL TRABAJO.
Ver después no vale , lo que vale es ver antes y estar preparado" José Marti.
En suma, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea (OIT, OMS)

Medicina del Trabajo, ¿Qué es?

La medicina del trabajo es la especialidad médica que se dedica al estudio de las enfermedades y los accidentes que se producen por causa o consecuencia de la actividad laboral, así como las medidas de prevención que deben ser adoptadas para evitarlas o aminorar sus consecuencias. Se considera a Bernardino Ramazzini (1633-1714) de origen italiano, como el padre de la medicina del trabajo. https://es.wikipedia.org/wiki/Medicina_del_trabajo

En términos técnicos, la Medicina del Trabajo es un componente de la Salud Ocupacional que centra su gestión en el ser humano. Su función es realizar promoción, prevención y control de la salud de las personas que trabajan, para protegerlas de los factores de riesgo a los que están expuestas en función de su labor, ubicándolas en un sitio de trabajo acorde a sus condiciones psicofisiológicas y manteniéndolas en aptitud de producción de trabajo.

En resumen, es una especialidad de orientación fundamentalmente social en la que confluyen cinco vertientes o áreas de competencia fundamentales: Preventiva, Asistencial, Pericial, Gestora y Docente e Investigadora.

HISTORIA LEGAL DE LA MEDICINA DEL TRABAJO: Para mas información ver el siguiente link, aquí.

¿Existen exigencias legales en torno a la Medicina del Trabajo?

Sí. Todos los empleadores de Colombia, sin importar el tamaño de su negocio, los resultados financieros o la cantidad de personas contratadas, tienen la obligación de garantizar que el trabajo no afecte la salud, y de adelantar actividades de promoción y prevención contempladas en los subsistemas de medicina del trabajo, tal como lo establecen, entre otras normas, el código nacional de Salud Ocupacional (Ley 9 de 1979), la resolución 1016 de 1989 y decreto 1295 de 1994.

El Ministerio del Trabajo −en la Circular 0015 de 2022− expone la obligación que tiene el empleador de asumir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las pruebas o valoraciones complementarias. Recordemos que mediante la Resolución 2346 de 2007 se definió el examen médico ocupacional cuyo fin es el de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en el trabajador por dicha exposición. Con relación a los costos de estos exámenes, la Resolución 1918 de 2009 señaló que la contratación y el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las valoraciones complementarias estarán a cargo del empleador en su totalidad. Es así que en ningún caso podrán ser cobradas o solicitadas al trabajador. 

Asimismo, el empleador será responsable de que las evaluaciones médicas sean realizadas por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional con licencia vigente, de lo contrario incurrirá en las sanciones correspondientes.

¿Qué actividades debe realizar una empresa para cumplir con sus deberes de Medicina del Trabajo?

Son siete actividades generales, que se desglosan en múltiples acciones. Estas son:

1.   Evaluación ocupacional: las empresas deben realizar evaluaciones ocupacionales, las cuales consisten en exámenes médicos durante toda la vida laboral de cada trabajador. Inicia con los exámenes de ingreso, para reconocer las condiciones de salud previas a la incorporación a un puesto de trabajo. Continúa con los exámenes “periódicos” o de control, y finaliza con una evaluación de retiro, la cual registra las condiciones de salud en las que se encuentra el trabajador al terminar su relación laboral con la organización.

2.  Vigilancia epidemiológica: para identificar, cuantificar, evaluar, controlar y hacer seguimiento a los riesgos laborales, la empresa debe desarrollar “programas de vigilancia epidemiológica”; se trata de un plan escrito que tiene en cuenta las características particulares de cada uno de los riesgos y de las actividades que se realizan para el control de los mismos y la conservación de la salud.

3.   Promoción y prevención de la salud: la actitud preventiva es la clave del éxito. Las empresas deben establecer actividades de promoción y prevención para evitar, tanto los accidentes laborales, como las enfermedades profesionales y las de origen común. Para esto son fundamentales todas las actividades educativas y formativas en el reconocimiento y el control de los riesgos.

4.  Seguimiento al ausentismo laboral: los programas de gestión del ausentismo laboral permiten identificar y tener registradas las causas de las ausencias de las personas a su trabajo, ofrecen información clave para mejorar el sistema de salud en la empresa, orientan sobre prevención y dónde es necesario tomar medidas de control.

5.  Atención de primeros auxilios: cada organización, dependiendo de su tamaño, nivel de riesgo y capacidad, debe ofrecer los primeros auxilios previos a la atención médica en cualquier eventualidad.

6.  Recreación: la salud empieza por el bienestar mental; tener espacios de recreación, deporte y sano esparcimiento es clave para trabajar mejor, con alegría y con responsabilidad.

7.  Seguimiento a los indicadores: la mejor manera es aprender del pasado, reconocer el presente y proyectar el futuro con planes de mejora, y, para ello, es clave recopilar datos, revisarlos y establecer acciones de mitigación y control. Una empresa responsable con el bienestar de sus trabajadores y unos empleados activos en su propia protección y seguridad son el fundamento para que, con el apoyo de los expertos, sea posible garantizar sitios de trabajo seguros. 


La Medicina del Trabajo plantea múltiples beneficios, tanto para la empresa como para el trabajador. 

¿Cuáles son estos beneficios?

  1. Proteger la salud y la vida del trabajador y la de sus compañeros laborales.
  2. Garantizar la productividad de la empresa a través de una fuerza laboral en buen estado de salud.
  3. Garantizar el cumplimiento de las normas legales vigentes para la actividad laboral que desarrolla la empresa.
  4. Planes de acción y mejoras en los procesos.
  5. Disminuir el ausentismo, ya sea por enfermedad profesional o por enfermedad de origen común.
  6. Implementar mejores sistemas de vigilancia epidemiológica.
  7. Disminución de costos y pérdidas por accidentes o enfermedades laborales.
  8. Adecuado clima laboral y cultura organizacional.

¿Qué es un Médico Laboral, por Diana Cuervo, Phd?

Debe tener una especialidad o maestría en sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, pero que se dedica a temas que cuando ya han ocurrido los accidentes o las enfermedades se rehabiliten se determine la máxima mejoría y se definan las secuelas de esas condiciones de salud también son los llamados a calificar el origen del accidente o de la enfermedad.

¿Dónde pueden trabajar los médicos laborales o del trabajo?

  1. Los médicos laborales o del trabajo generalmente trabajan en las entidades de seguridad social llamadas  EPS o ARL o en los fondos de pensiones o seguro previsional y las juntas de calificación de invalidez o particularmente (entes privados).
  2. Estas entidades tienen unos equipos interdisciplinarios para calificar el origen de la enfermedad o del accidente laboral o la pérdida de capacidad laboral de los trabajadores o los afiliados a la seguridad social o los beneficiarios
  3. Estos equipos interdisciplinarios según el decreto 1072 de 2015 deberían estar inscritos en las direcciones territoriales del ministerio de trabajo en el caso de las aseguradoras llámense EPS, ARL o Fondos y en el caso de las juntas de calificación de invalidez son elegidos por un concurso público de méritos, realizado por la universidad nacional y son adscritos al ministerio de trabajo.
  4. La incapacidad laboral es un tema de pertinencia médica quien debe definir si un paciente necesita o no una incapacidad es el médico tratante, los médicos laborales no somos los que debemos definir si se requiere o no la capacidad laboral.
  5. La definición, si un paciente puede o no puede volver o retornar al trabajo se basa en los conceptos de los médicos tratantes, quienes deben decir qué habilidades residuales, qué aptitudes, que funcionamiento residual posterior a la rehabilitación tienen los trabajadores, para que, con ello, con ese insumo, el equipo de rehabilitación liderada por los médicos laborales puede hacer recomendaciones y definir en qué cargo se desempeña el trabajador
  6. Definir si un paciente tiene una condición de invalidez es, papel de los médicos laborales que acabo de mencionar los médicos tratantes, deberían abstenerse de escribir conceptos como paciente inválido o paciente que nunca más puede retornar al trabajo, porque eso no es de sus resortes, sino desde la especialidad de medicina laboral
  7. El expedir una incapacidad debe responder a conceptos eminentemente clínicos nunca debe ser influenciado por el temor o la angustia de que un trabajador pueda ser desvinculado de su trabajo por estar incapacitado o Equipos de Valoración de Incapacidades.
  8. Las condiciones de salud independientemente de su origen sean accidente de trabajo o enfermedad laboral o enfermedad común, van a ser atendidas por el sistema de seguridad social por lo cual uno como médico clínico no debe tener temor de que algo sea laborar o común, porque eso no va a tener repercusión en que no sea atendido por el sistema de seguridad social para concluir cada una de las especialidades debe aportar desde su conocimiento, su experticia, debe conocer qué hacen las demás especialidades, para poder apoyarse, para poder dar conceptos que faciliten la rehabilitación, el reintegro de los trabajadores.
  9. Servicios de Prevención de Riesgos Laborales en sus distintas acepciones.
  10. Centros de Docencia e Investigación en Medicina del Trabajo y Salud Laboral.
  11. Servicios de Salud Medioambiental (NTC ISO 14001 2015. NTC ISO 45001 Y Normatividad Legal Vigente en Colombia).

MEDICINA LABORAL Y PANDEMIA

De acuerdo con el Informe para el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2021 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la emergencia sanitaria puso de manifiesto la importancia del acceso a protecciones como las licencias por enfermedad y las prestaciones sociales.
Según la ANDI durante el 2020 el 52 % de los trabajadores en Colombia prestaron servicios en algún momento bajo la modalidad de trabajo en casa, sobre todo en cargos operativos. Esto tuvo un impacto inicial en la productividad y en el aumento de los costos de implementación. Este modelo de trabajo afectó directamente su condición física y mental, así como su aspecto financiero y su satisfacción laboral.
La emisión de recomendaciones médicas para aplicar en las empresas, se encontró un aumento de la frecuencia en principal medida por temas de comorbilidades y efectos por la covid-19, lo cual varió a través de los distintos tipos de picos de la pandemia (1, 2, 3 y 4) y la puesta en marcha de la vacunación, medida preventiva salvadora para la liberación del aislamiento obligatorio.

DIFERENCIA ENTRE MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL

En este punto, es fundamental especificar que tanto la salud, como la medicina del trabajo, no tienen un estatuto científico propio, debido a que ninguna de las dos ha construido un cuerpo de conocimientos con leyes y teorías propias, sino que ha utilizado ciencias como la biología, química, matemáticas, y las ciencias sociales para su saber.
Otra característica de ambas es su carácter multidisciplinar, ya que en ambas intervienen disciplinas como toxicología, seguridad e higiene, ergonomía, estadística, la administración, la psicología, la legislación, la sociología, la audiología, la ingeniería industrial entre otras.
Sin embargo, los factores que lo diferencian se pueden clasificar en dos: su objeto de estudio y el segundo es la práctica característica de cada una de ellas.


Para la medicina del trabajo el objeto de estudio es la enfermedad, es decir no es el hombre, ni siquiera el paciente enfermo, sino que el concepto se vuelve ontológico, la enfermedad como esencia, se construye en torno a la enfermedad y sus complicaciones que excluyen propiamente al enfermo.
En cambio, para la salud ocupacional el objeto de estudio es la salud de los trabajadores, considerada como un fenómeno colectivo, y el espacio de las acciones desplegadas se encuentra en el ámbito poblacional, es de carácter preventivo y ejercido por médicos ocupacionales, con una duración de un año de residencia, título a obtener "especialista en salud ocupacional". Actualmente de acuerdo al decreto 1072 de 2015 la especialidad se llama Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud y en el Trabajo (SG-SST) en Colombia y otras partes del mundo.

En resumen, que hace el Medico del Trabajo o Laboral:

En Medicina Laboral se incluye el registro del Estado de Salud de los trabajadores destacándose en particular, lo siguiente:

 ◌ Los Datos Individuales y el Estado de Salud del trabajador que sean relevantes para el desempeño de sus funciones;
 ◌ Los Exámenes Médicos laborales a que los trabajadores se han sometidos o que están previstos;
 ◌ Los Accidentes de Trabajo ocurridos en la organización;
 ◌ Las Enfermedades Profesionales con nexus causal;
 ◌ La Verificación de las Condiciones de Trabajo y Condiciones de Salud anual;
 ◌ La Planificación y Registro de Acciones Preventivas previstas por la normatividad de cada país;
 ◌ Informes y Estadísticas diversas para determinar la incidencia en los programas de vigilancia epidemiológicas en la empresa.

FUENTE:  

  1. www.díanacuervophd.com
  2. https://saludlaboralydiscapacidad.org/disciplinas-preventivas/medicina-del-trabajo/#
  3. https://es.wikipedia.org/wiki/Medicina_del_trabajo
  4. https://www.serviciosensaludsura.com/resumen-de-noticias/21-el-abc-de-la-medicina-del-trabajo 
  5. https://www.semana.com/economia/empresas/articulo/como-esta-la-medicina-laboral-despues-de-la-pandemia-este-es-el-balance/202217/
  6. https://incp.org.co/mintrabajo-recuerda-los-canales-para-informar-incumplimientos-relacionados-con-los-examenes-medicos-ocupacionales/

viernes, 23 de julio de 2021

¿COMO SE REALIZA UNA ESPIROMETRIA EN PANDEMIA?

 ESPIROMETRÍAS EN PANDEMIA

La espirometría es la principal prueba para la evaluación de la función respiratoria, y su utilización deberá ser considerada según la fase de la pandemia en que se encuentre la ciudad, según las medidas sanitarias del lugar y bajo estrictas normativas de control para beneficio del paciente, evitando así posibles contagios.

 1.       RESTRICCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ESPIROMETRÍAS POR PANDEMIA

De acuerdo a los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud Nacional a treves de la Prevención de riesgos ocupacionales en la gestión de expedición de licencias de seguridad y salud en el trabajo y la gestión de los prestadores de servicios de seguridad y salud en el trabajo, frente al sarscov-2 covid-19. Bogotá, abril de 2020, la realización de espirometría, tiene la siguiente restricción:

a)       Particularmente la práctica de evaluaciones complementarias de Espirometrías, por ser esta una práctica susceptible como fuente de contagio, toda vez, que de acuerdo con los CDC (2020b), la propagación ocurre principalmente de persona a persona a través de gotitas respiratorias entre contactos cercanos, no se realizarán, hasta tanto sea declarada la superación de la de posibles trabajadores Emergencia Sanitaria por parte del Ministerio de Salud y Protección Social.

b)       En caso de ser de extrema necesidad la realización de evaluaciones médicas ocupacionales de ingreso o retiro, los empleadores o contratantes de los médicos que realicen estas valoraciones, deberán proveer los elementos de protección personal que permitan la prevención del contagio y propagación del SARSCoV-2 COVID-19, según lo establecido en el Manual de bioseguridad para prestadores de servicios de salud que brinden atención en salud ante la introducción del nuevo Coronavirus COVID19 a Colombia, el cual puede consultarse en el siguiente enlace, en lo que aplique a procedimientos de consulta externa:

Ø  El personal que realizará la evaluación médica ocupacional debe gozar de buena salud y no presentar comorbilidades que afecten su respuesta inmunológica, así como no presentar síntomas de infección respiratoria (tos, fiebre, estornudos, etc.).

Ø  Los trabajadores de la salud deben utilizar protección para los ojos o protección facial (careta) para evitar contaminación si realizan procedimientos con riesgo por aerosoles, salpicaduras o fómites.

Ø  Los trabajadores de la salud deben usar una bata limpia antifluido no estéril, de manga larga y de fijación o cierre en la parte de atrás.

Ø  Los trabajadores de la salud siempre deben usar guantes.

En cualquier circunstancia, la realización de Pruebas Función Pulmonar  está contraindicada en pacientes con sospecha clínica de infección respiratoria aguda de cualquier tipo. 

Ojo: De acuerdo al segundo ítem (b), podemos decir, en el caso de realizarla, debemos tener, las siguientes:

 

2.       MEDIDAS PREVENTIVAS EN LA TOMA DE ESPIROMETRIA EN PANDEMIA:

Antes de realizar las pruebas funcionales, hay que realizar una valoración cuidadosa de la situación del paciente respecto a la infección por SARS-CoV2, preferiblemente 24 horas antes de la prueba para evitar que el paciente acuda al laboratorio si no es necesario. Se deben incluir preguntas sobre síntomas y signos en relación con la infección por infección por SARSCoV2 en los últimos 14 días (fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general, anosmia, diarrea, conjuntivitis, dolor de garganta, cefalea o lesiones cutáneas sugerentes) y si ha estado en contacto con un paciente diagnosticado de COVID-19 o con síntomas sospechosos de COVID-19 en los últimos 14 días. También se preguntará si se han realizado pruebas para el diagnóstico de la infección por SARS-CoV2 (PCR o estudio de anticuerpos). Ojo: cualquier sintomatología respiratoria de reciente aparición se presupone asociada con COVID-19 (aún con una prueba de PCR negativa).

 

LA REALIZACIÓN DE ESTA, SE DEBE:

a)       El trabajador deberá asistir al turno con un cuestionario o triage firmado para descartar síntomas, signos, como también, no haber tenido contacto con personas con síntomas posibles de COVID-19, al ingresar a la IPS Susalud Humana, sin acompañante (Ver cuestionario al final).

b)       Dejar el mínimo de objetos en el área del procedimiento.

c)       Limpiar las superficies con alcohol al 70% u otro desinfectante similar después de atender a cada paciente, dejando 30 minutos sin paciente para poder desinfectar y ventilar la sala.

d)       Atender solo a un aspirante al trabajo por vez, evitando comenzar un nuevo aspirante mientras se espera el efecto del broncodilatador en el primer paciente.

e)       En la sala de procedimiento, sólo debe estar el examinador y el paciente.

f)         El personal que realiza las pruebas debe usar todos los elementos de protección personal (EPP): gorro desechable, lentes o escudo facial, máscara quirúrgica, delantal de mangas largas desechable, guantes y cubre zapatos desechables: El operador usara barbijo (N95).

g)       Favor situarse en la espalda del participante, en el momento de realizar la exhalación, mínimo 2 metros de distancia, de preferible con habitación bien ventilada.

h)       El trabajador se colocará mirando una pared o superficie lisa sin mobiliario para que pueda ser lavada fácilmente.

i)         Se utilizará aerocámara del paciente o desechable y se realizará autoadministración de la medicación inhalatoria. No está recomendado nebulización en ninguna ocasión. Para la realización de espirometría se utilizará boquillas antimicrobianas descartables

j)         Evitar que se junten los aspirantes al trabajo en la sala de espera, programando muy bien las citaciones.

k)       Contar con una prueba de anticuerpos para Covid 19 o PCR, negativa para la realización de la misma. Si no es posible realizar la PCR, se pospondrá la prueba hasta que el paciente se mantenga 14 días sin síntomas o pasen 14 días desde el último contacto con el caso.

l)         Si el paciente tiene tests diagnósticos de infección COVID-19 realizadas en los 14 días previos con PCR + y/o IgM +, se pospondrá la prueba hasta que la PCR sea negativa o se realice otra serología que muestre patrón con IgM- e IgG +. Si no es posible realizar más pruebas, se pospondrá la prueba hasta que el paciente se mantenga 14 días sin síntomas o si está asintomático, pasen 14 días desde la realización de las pruebas.

m)     No realizar a trabajadores con síntomas gripales como tos, flujo nasal, dolor de garganta o fiebre.

n)       El usuario no podrá acceder al laboratorio de función pulmonar acompañado, sólo en situaciones excepcionales: menor de edad, minusvalía física o psíquica. En estos casos el acompañante tendrá que llevar mascarilla en todo momento y no debe ser persona de riesgo o presentar síntomas asociados a clínica de COVID-19.

o)       El personal que realizará la evaluación médica ocupacional debe gozar de buena salud y no presentar comorbilidades que afecten su respuesta inmunológica, así como no presentar síntomas de infección respiratoria (tos, fiebre, estornudos, etc.).

p)      Si viajó fuera del país en el último mes, posponer el estudio. 

 

3.       ¿QUIENES NO PUEDEN REALIZAR LA ESPIROMETRÍA?

En este sentido, la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR), con fecha 19 de marzo de 2020, publicó unas recomendaciones de prevención de infección por coronavirus en las unidades de función pulmonar de los diferentes ámbitos asistenciales. Estas recomendaciones estaban basadas en tres principios:

1.- NO realizar pruebas de función pulmonar a los pacientes con sospecha o diagnóstico de coronavirus.

2.-NO realizar pruebas de función pulmonar no urgentes o que no sean necesarias para la toma decisiones clínicas que impliquen el inicio de tratamientos/intervenciones curativas que no pueden retrasarse.

3.- NO realizar procedimientos que generen, aerosoles como son la mayoría de las pruebas de función pulmonar. Únicamente deben realizarse si son estrictamente necesarios, dada la situación actual de transmisión comunitaria y que debemos optimizar los equipos de protección individual (EPI)

4.  NO realizar espirometrías a pacientes con síntomas respiratorios de reciente aparición, excepto cuando haya una PCR negativa realizada en las últimas 72 hs.

 

4.       RECOMENDACIONES PARA EL PERSONAL SANITARIO

- Es especialmente importante que el personal sanitario cambie diariamente el uniforme, y durante la jornada si estuviera en contacto con secreciones.

- Es imprescindible el lavado de manos antes y después de la colocación de la mascarilla. Los trabajadores sanitarios deberán extremar al máximo las medidas de higiene de manos con agua y jabón o con solución hidroalcohólica (UNE 14476)

- El uso de guantes no exime del lavado de manos y deben cambiarse siempre entre usuarios, y cuando se realicen tareas diferentes a las exploraciones funcionales.

- Los trabajadores se deben colocar una mascarilla quirúrgica durante el contacto con cualquier paciente, así como guantes de nitrilo, que deberán desechar en contenedor de residuos con tapa de pedal tras la atención de cada paciente.

CUESTIONARIO PARA LOS TRABAJADORES A REALIZARSE LA ESPIROMETRÍA:

¿Ha presentado tos en los últimos 14 días? ¿Es una tos distinta a la habitual?

No

¿Se ha tomado la temperatura en los últimos 5 días y ha tenido más de 37 algún día?

No

¿Ha notado algún dolor muscular o articular que no sea usual y que le produzca cansancio en los últimos 14 días?

No

¿Ha notado algún tipo de sensación de falta de aire en los últimos 14 días?

No

¿Ha realizado viaje(s) al exterior en zonas de alta epidemia, en los últimos 30 días?

No

¿Ha notado anosmia, odinofagia, cefalea, dolor abdominal/ cuadro intestinal, aparición de lesiones cutáneas en los últimos 14 días?

No

¿Ha mantenido contacto estrecho en los últimos 15 días (con familia o amigos, compañeros de trabajo) con alguien que haya dado positivo al coronavirus?

No

¿En su entorno diario más cercano hay alguien con el que haya mantenido un contacto estrecho (más de 15 minutos a menos de 2 metros) que haya comenzado recientemente con síntomas respiratorios o fiebre?

No

¿Le han realizado la prueba del Coronavirus en las últimas 48 horas?

No

(+) o (-) No sabe

 

Mas información: https://www.1aria.com/contenido/neumologia/neumologia-espirometria-para-saber-mas1

La Sociedad Española de Patología del Aparato Respiratorio (SEPAR) ha actualizado recientemente el documento de Recomendaciones de Prevención de Infección por Coronavirus en las Unidades de Función Pulmonar (PFR). En él, se mantiene la recomendación principal de no realizar PFR a pacientes con sintomatología respiratoria, a menos que se les haya realizado una prueba PCR con resultado negativo en las últimas 72 horas y hayan pasado al menos 14 días desde la desaparición de los síntomas.

Actividades de Control (Promoción y prevención) Está orientado a la promoción y prevención de riesgos en salud, así como en el desarrollo de actividades administrativas necesarias para el fortalecimiento del SGSST; al respecto se realizan las siguientes actividades: se realizaron 15 espirometrías en el Departamento nacional de Planeación en enero/2021, ver link 8.

Recomendaciones para la reactivación de laboratorios de pruebas de función pulmonar durante la pandemia por SARS-CoV-2 (COVID-19) en Colombia.

March 2021 Revista Colombiana de Neumología 32(1):58-63 DOI:10.30789/rcneumologia.v32.n1.2020.511

PROCEDIMIENTOS GENERADORES DE AEROSOLES

ALTO RIESGO

RIESGO MEDIO

•  Prueba de ejercicio cardiopulmonar (ergoespirometría, caminata de 6 minutos, shuttle test)

•  Nebulización de medicamentos, por ejemplo, metacolina

•  Otras pruebas de provocación bronquial, como ejercicio

 

•  Espirometría pre y posbroncodilatador

• Capacidad de difusión de monóxido de carbono (DLCO)

•  Volúmenes pulmonares por pletismografía

•  Resistencias por oscilometría forzada

•  Medición de presiones, PIM y PEM

•  FeNO

•  Medición de pico/Fujo

•  Lavado de nitrógeno

•  Gases arteriales

Después de la pandemia

Durante la pandemia

FeNO: fracción exhalada de óxido nítrico; PEM: presión máxima espiratoria; PIM: presión máxima inspiratoria.


FUENTE:

1.      https://www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GPSG07.pdf

2.       https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0717-73482020000200133

3.       https://www.rev-esp-patol-torac.com/files/publicaciones/Revistas/2020/suplemento/Rev32-2-Suplemento.pdf

4.       https://docs.bvsalud.org/biblioref/2020/12/1141120/espirometria-en-tiempos-de-covid-19.pdf#:~:text=La%20espirometr%C3%ADa%20es%20la%20principal,paciente%2C%20evitando%20as%C3%AD%20posibles%20contagios

5.       https://www.aeped.es/sites/default/files/recomendaciones-de-prevencion-de-infeccion-por-coronavirus-en-las-unidades-de-funcion-pulmonar-de-los-diferentes-ambitos-asistenciales-20-mayo-2020-v2.pdf

6.               6.     file:///D:/Downloads/39-clbdlz-coronavirus-2020-11may-reco3.pdf

      7.   https://revistas.asoneumocito.org/index.php/rcneumologia/article/download/511/428/1223

      8.  https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/DNP/PLAN%20DE%20TRABAJO%20SST%202021.pdf


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