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viernes, 18 de marzo de 2022

LOS RIESGOS EN LOS TRABAJOS EN COLOMBIA

LOS RIESGOS EN LOS TRABAJOS EN COLOMBIA
La Prevención de Riesgos Laborales, se define como el conjunto de actividades y medidas a llevar a cabo dentro de la empresa, con el objetivo de evitar o reducir las posibilidades de que cualquiera de los trabajadores pueda sufrir algún tipo de daño derivado de su trabajo. Estos daños pueden ser tanto accidentes y lesiones, como enfermedades o patologías derivadas del desempeño de las tareas. Los tipos de riesgo laboral son varios, los cuales depende del tipo de condiciones laborales que realicen .

Actualmente, hay 3 mil millones de personas trabajadoras en todo el mundo, empleadas en diversos sectores y entornos laborales. La ocupación de un individuo no es sólo una mera fuente de ingresos y una extensión de su carrera. En promedio, cada empleado que trabaja gasta casi 50% de sus horas de vigilia en el lugar de trabajo. Esto implica que el tipo de entorno en el que terminamos trabajando tiene una gran influencia en nuestra salud y bienestar en general. 

SINIESTRALIDAD LABORAL EN 2021
-. Durante 2021 se presentaron 513.857 accidentes; en promedio 1.408 accidentes de trabajo por día, con una tasa de 4,76 accidentes por cada 100 trabajadores.
-. En el mismo año se presentaron 42.646 enfermedades laborales, con una tasa de 394,9 enfermedades calificadas, por cada 100.000 trabajadores.
-. Se presentaron un total de 608 muertes de trabajadores con una tasa de 5,63 muertes por cada 100.000 trabajadores. 

Datos significativos de la OIT (2020):

  • “Se calcula que 1.000 personas mueren cada día en el mundo debido a accidentes laborales y otras 6.500 de enfermedades profesionales”.
  • “Cada 15 segundos un trabajador muere a causa de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo”.
  • “Cada 15 segundos, 153 trabajadores tienen un accidente laboral”.

Se entiende como Riesgo Laboral la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo, considerándose daños derivados del trabajo las enfermedades, patologías o lesiones sufridas consecuencia del trabajo. Siempre en cualquier organización lo más recomendable es tener una gestión basada en los riesgos laborales a los cuales cada empleado se puede llegar a exponer sin embargo lo más adecuado para el control constante de los riesgos es tener una estructura en un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, bajo el cuidado de un especialista en esta disciplina (Decreto 1072 de 2015). 
En ocasiones cuando se manifiesta un riesgo (consecuencias de no prevenirlos) puede dejar diferentes tipos de consecuencias o secuelas a quien lo afectó, es por esta razón que se hace necesario reconocer cuáles fueron los efectos que pudieron causar a un trabajador que sufrió de un accidente por causas relacionadas con el trabajo (artículo 3 de la Ley 1562 de 2012) o que presentó una enfermedad laboral a raíz de las acciones que desarrolla en su trabajo (Decreto 1477 del 5 de agosto de 2014 Art 3).

Los fenómenos de la naturaleza que crean situaciones de riesgo laborales para la población trabajadora son diversas por las condiciones topográficas que tiene Colombia y abre unas condiciones ambientales en determinadas profesiones más críticas que otras, dependiendo de su vulnerabilidad con el medio donde se ubican estos empleados, veamos cuales son estos riesgos naturales:

TIPO DE RIESGOS LABORALES EN LAS COMPAÑÍAS

Los factores de riesgos laborales son condiciones, características o exposiciones que generen cualquier daño o afectación a la salud del trabajador; es necesario identificar qué tipo de riesgo se registra en las compañías, para así evitar la ocurrencia de accidentes, incidentes o enfermedades laborales. En la figura lado izquierdo, podemos ver los distintos tipo de riesgos a los que estamos sometidos todos los que laboramos, de acuerdos a los distintos espacios laborales. 

Factor de Riesgo Psicosocial: Condición o condiciones del individuo, del medio extralaboral o del medio laboral, que bajo determinadas condiciones de intensidad y tiempo de exposición generan efectos negativos en el trabajador o trabajadores, en la organización y en los grupos, y por último producen estrés, el cual tiene efectos en los niveles emocional, cognoscitivo, del comportamiento social y laboral y fisiológico, afectando la salud de los trabajadores de manera individual o grupal.

Estrés: "Conjunto de respuestas fisiológicas, comportamentales, emocionales y cognoscitivas, que resultan en el proceso de adaptación frente a las demandas derivadas de las condiciones individuales, intralaborales y extralaborales, que son percibidas como lesivas (factores de riesgo psicosocial) por la persona y ante las cuales sus recursos de afrontamiento son insuficientes. Las diferencias individuales y el apoyo social son moduladores de la respuesta de estrés".  Gloria H. Villalobos Fajardo. Psicóloga colombianaPhD en Ciencias de la Salud. Cuba. 2004.

Demandas Emocionales en los trabajos. Los resultados de la II Encuesta Nacional de Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sistema General de Riesgos Laborales (Ministerio del Trabajo, 2013), señalan que sólo el 21,50 % de los trabajadores de servicios sociales y de salud expresó que su trabajo le exigía esconder sus propias emociones; sin embargo, las entrevistas, la revisión documental y la observación arrojaron que la exposición a demandas emocionales es aún mayor, y que está muy ligada al tipo de servicio y la zona de la ciudad o el país donde se labora. A estas personas el trabajo les exige enfrentar situaciones devastadoras: pobreza extrema, víctimas de maltrato y violencia, enfermos en etapa terminal, personas en situación de desplazamiento forzado, entre otras. Incluso los mismos trabajadores están expuestos a recibir agresiones físicas, verbales y psicológicas, a tal punto que las puertas de las salas de cirugía de urgencias de algunas clínicas y hospitales son blindadas. Gloria H. Villalobos Fajardo. Psicóloga colombiana. PhD en Ciencias de la Salud. Cuba. 2004.

CATEGORÍA DE DAÑO:

1. SALUD: Enfermedad laboral

  • Daño Leve: Molestias e irritación (ejemplo: dolor de cabeza), enfermedad temporal que produce malestar (ejemplo: Diarrea)
  • Daño Moderado: Enfermedades que causan incapacidad temperar. Ejemplo, perdida parcial de la audición, dermatitis, asma, desordenes de las extremidades superiores.
  • Daño Extremo: Enfermedades agudas o crónicas, que generen incapacidad permanente parcial, invalidez o muerte.

2. SEGURIDAD: Accidente Laboral

  • Daño Leve: Lesiones superficiales, heridas de poca fundida, contusiones, irritaciones del ojo por material particulado.
  • Daño Moderado: Laceraciones, heridas profundas, quemaduras de primer grado, conmoción cerebral, esguinces graves, fracturas de huesos cortos.
  • Daño Extremo: Lesiones que generen amputaciones, fracturas de huesos largos, trauma cráneo encefálico, quemadura de segundo y tercer grado, alteraciones severas de mano, de columna vertebral con compromiso de la medula espinal, oculares que comprometen en el campo visual, disminuyan la capacidad auditiva.

¿QUÉ HACER CON EL RIESGO?

La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
Cuando de la evaluación realizada resulte necesaria la adopción de medidas preventivas, deberán ponerse claramente de manifiesto las situaciones en que sea necesario:
a) Eliminar o reducir el riesgo, mediante medidas de prevención en el origen, organizativas, de protección colectiva, de protección individual, o de formación e información a los trabajadores.
b) Controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.

Una de las acciones básicas para la gestión de cada Riesgo Laboral está relacionada con el desarrollo de un proceso de calificación de riesgos gracias al cual además de contemplar aquellos peligros que más pueden afectar a los trabajadores se les puede dar una clasificación. 

En el siguiente link están los métodos para calificar y prevenir los riesgos laborales: https://edaguilarocupacional.blogspot.com/2021/07/trabajar-con-seguridad-es-lo-correcto.html 

Ojo con las multas que pueden recaer sobre el líder del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Morales, Estéticas, Materiales y hasta Penales. 

Que no se te olvide: 

  • El artículo 62 del Decreto 1295 de 1994 nos dice que los accidentes de trabajo deben ser reportados como máximo a los dos (2) días hábiles siguientes al evento y el artículo 4 de la Resolución 1401 de 2007, establece para el empleador la obligatoriedad de investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes a su ocurrencia, a través del equipo investigador.
  • El artículo 2.2.4.1.7. del Decreto 1072 de 2015 instituye ante quien se debe reportar un accidente y enfermedad laboral.
  • El artículo 30 de la Ley 1562 de 2012 establece la multa por no reportar un accidente y enfermedad Laboral 

TRABAJOS DE ALTO RIESGO

DEFINICIÓN

Actividades, procesos, operaciones o labores de alto riesgo: Aquellas que impliquen una probabilidad elevada de ser la causa directa de un daño a la salud del trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza. La relación de actividades calificadas como de alto riesgo será establecida por la autoridad competente.

Las tareas de alto riesgo son todas las actividades que por su naturaleza o lugar donde se realiza, implica la exposición o intensidad mayor a las normalmente presentes en la actividad rutinaria las cuales pueden causar accidentes laborales severos y en muchas ocasiones, mortales.

DECRETO 2090 26/07/2003

Fuente: http://www.ridsso.com/documentos/muro/207_1485366934_5888e69647abc.pdf

LAS TAREAS DE ALTO RIESGO O… LOS TRABAJOS QUE MATAN

  • ¿Cuál el costo de vida humana?
  • ¿Cuál es el costo de la pérdida de una extremidad?
  • ¿Cuál es costo de una discapacidad permanente?
  • ¿Cuál es el costo para la persona herida o el dolor de su familia?
  • Una vez que se comete un error, no podemos hacer nada para cambiar lo ocurrido.
  • “El precio que se paga es para siempre”

Lema de la OIT: Trabajo seguro, trabajo digno.

CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJOS DE ALTO RIESGO

SE CARACTERIZAN POR:

  • No ser rutinarios, son eventuales.
  • Requerir de una evaluación previa del (IPERC) y de los controles a establecer para su ejecución.
  • Contar con un Plan de Trabajo
  • Contar con Procedimientos para actividades de alto riesgo y/o ATS
  • Contar con un Plan de contingencia y emergencia
  • Contar con elementos de protección especiales (EPP)
  • Requerir exámenes psicofísicos especiales al trabajador.
  • Requerir la presencia de personal especializado.
  • Requerir de un permiso determinado antes de su ejecución.
  • Requerir de supervisión permanente.

PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS OCUPACIONALES

El concepto prevención de riesgos profesionales o laborales comprende el conjunto de actividades o medidas adoptadas o planificadas en todas las áreas de la empresa, con el fin de evitar o disminuir los peligros para la salud derivados del trabajo, cuya responsabilidad recae sobre el líder de la empresa. Los riesgos se deben identificar y eliminar o reducir al máximo a través de acciones específicas de prevención. Durante nuestra actividad laboral, pueden aparecer circunstancias que puedan amenazar nuestra salud. Por ello será necesario identificar, evaluar y controlar esas “amenazas”. A veces serán muy evidentes y sus consecuencias aparecerán en el acto, mientras que otras veces serán muy sutiles, y sus consecuencias aparecer a muy largo plazo.

Riesgos laborales: ¿los trabajadores de una empresa se encuentran todos expuestos al mismo riesgo?

Las empresas en Colombia, para efectos de la seguridad y salud de los trabajadores, se encuentran clasificadas en niveles de riesgo, que oscilan entre I (riesgo mínimo) y V (riesgo máximo). Esta calificación conlleva una serie de obligaciones, por ejemplo, el pago de aportes al sistema de riesgos laborales en diferentes tarifas según el nivel de riesgo, a saber: 

Nota: el valor de la cotización mínima se realizó con base en el salario mínimo mensual legal vigente para 2021 ($908.526). Esta clasificación también influye en la implementación de los estándares mínimos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–, que deben determinarse según el número de trabajadores y el nivel de riesgo con el cual se encuentra calificada la empresa. 
La Corte Suprema de Justicia (Sentencia SL035 de 2021) realizó una serie de precisiones respecto a los niveles de riesgo laboral que pueden presentarse en una empresa. Determinó que el hecho de que una empresa se encuentre clasificada como de alto riesgo no implica que todos sus trabajadores se encuentren expuestos al mismo. 

Si deseas saber cual es el pago que debes realizar a tus empleados, consulta con el simulador de pagos de seguridad social en Colombia: https://corporativo.compensar.com/afiliaciones/calculadora-aportes

Decreto 768 de 16/05/2022. Por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones. Derogo al 1607 de 2002.

A. Estructura de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas:
La Tabla se encuentra conformada por un código de siete (7) dígitos que identifica la clasificación de las actividades económicas, al frente del cual se encuentra la descripción de la respectiva actividad. El mencionado código se compone de los siguientes dígitos:

1. Primer dígito: especifica la clase de riesgo: 1, 2, 3, 4 ó 5.
2. Dígitos del 2 al 5: Código de Clasificación Industrial Internacional Uniforme – Código CIIU Revisión 4 adaptada para Colombia
3. Dígitos 6 y 7: subactividad económica en igual clase de riesgo. 

B. Clase de riesgo de la empresa.

Para determinar la clase de riesgo en la que se clasifica la empresa se deberá proceder así:
1. Identificar el Código de Clasificación Industrial Internacional Uniforme – Código CIIU de la actividad económica principal, señalado en el Registro Único Tributario — RUT;
2. Ubicar el código identificado en la columna denominada «Código CIIU Rey. 4 A.C.» de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas
3. Para determinar el código adicional de la tercera columna de la tabla, se tendrá en cuenta la descripción de actividad económica final descrita en la cuarta columna de la misma.

Decreto Numero 768 De 2022


CIBERGRAFÍA:

  1.  https://prevencionar.com/2022/03/17/riesgos-laborales-en-las-empresas/ 
  2. https://posipedia.com.co/wp-content/uploads/2019/08/gestion-demandas-trabajo.pdf
  3. https://smsafemode.com/blog/riesgo-laboral/
  4. https://slideplayer.es/slide/1639398/
  5. https://es.slideshare.net/OverallhealthEnSalud/trabajos-de-alto-riesgo-overall
  6. https://actualicese.com/riesgos-laborales-los-trabajadores-de-una-empresa-se-encuentran-todos-expuestos-al-mismo-riesgo/
  7. https://safetya.co/accidentes-de-trabajo-preguntas/#
  8. https://www.youtube.com/watch?v=9M8JuKaZMbk

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