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jueves, 16 de junio de 2022

¿QUÉ ES UN EXAMEN POST INCAPACIDAD?

 ¿QUÉ ES UN EXAMEN POST INCAPACIDAD?

¿Cómo establecer qué tipo de exámenes médicos ocupacionales requieren mis empleados para dar cumplimiento a su programa de medicina preventiva, seguridad industrial y todo lo relacionado con SG-SST?

Lo primero que se debe definir es la realización del profesiograma, contemplando el alcance del cargo y cada una de las labores que va desempeñar el trabajador o aspirante al cargo (Perfil del Cargo), los resultados de mediciones higiénicas y ambientales en relación a químicos entre otros; y los riesgos a los que pueden estar expuestos los trabajadores (matriz de peligros y riesgos) para definir correctamente qué exámenes médicos ocupacionales requiere cada trabajador o aspirante.

El Decreto 1072 de 2015 en sección 2, "artículo 2.2.4.2.2.18: Establece las Obligaciones de los Empleadores en relación a estos exámenes médicos ocupacionales para los trabajadores.

 ¿QUÉ ES UN EXAMEN POST INCAPACIDAD?

Incapacidad: Se entiende por incapacidad el estado de inhabilidad física o mental de una persona que le impide desempeñar en forma temporal o permanente su profesión u oficio.

Se realiza con el fin de evaluar las condiciones con las cuales el trabajador ingresa posterior a una incapacidad médica, y en caso de requerir recomendaciones médico laborales.

El objetivo del examen se basa en medir el riesgo de los trabajadores para retornar a su actividad sin recaer en perjuicios en su condición después de la incapacidad. Este tipo de examen se realiza a los trabajadores que, por su enfermedad, deban reintegrar a su actividad laboral después de una incapacidad que sea superior a X días, se emiten las recomendaciones pertinentes según la condición evaluada en el trabajador al momento de la evaluación médica.

Obligatoriedad:

La regulación al respecto indica que es obligatoria, pero no precisa los casos en los que lo sería. El responsable de salud ocupacional de la empresa evalúa la necesidad según la temporalidad, gravedad y posible deterioro de la ahora condición del trabajador por las labores que seguirá realizando. Es obligatorio en el post tratamiento de todo Accidente Grave de acuerdo a la definición de la Resolución 1401 de 14/05/2007, cuando es dado de alta.

MARCO LEGAL Y DEFINICIONES:

La Resolución 2346 Del 2007 en su artículo 3. Tipos de Evaluaciones Médicas Ocupacionales, nos dice: El empleador deberá ordenar la realización de otro tipo de evaluaciones médicas ocupacionales, tales como post – incapacidad o por reintegro, para identificar condiciones de salud que puedan verse agravadas o que puedan interferir en la labor o afectar a terceros, en razón de situaciones particulares.

Circular 195855 del 02/10/2013 Ministerio del Trabajo: POST INCAPACIDAD: La norma no indica explícitamente el objetivo de estas evaluaciones médicas, sin embargo, se puede entender válidamente que su objetivo es el de determinar y registrar las condiciones de salud en las que se encuentra el trabajador una vez se ha reintegrado de una incapacidad, sin embargo. en opinión de esta Oficina, se deberá entender que se hace referencia a Incapacidades que pudieran haber aumentado el riesgo al que se encuentra expuesto el trabajador en el desarrollo de sus labores y con ello determinar si deben seguirse algún tipo de recomendaciones.

La Guía para la realización de las evaluaciones médicas ocupacionales del Ministerio de Salud de  Colombia 2020 nos dice sobre Evaluación médica Pos incapacidad o de reintegro laboral: Examen que se realiza a los trabajadores que por algún motivo han estado ausentes de su trabajo por un periodo prolongado (se sugiere más de 30 días) a causa de un Accidente de Trabajo, Enfermedad Laboral, Accidente Común u otros problemas relacionados con la salud y debe reintegrarse laboralmente, también se le realizará al trabajador que independientemente del tiempo de incapacidad haya sido atendido por eventos que requirieren hospitalizaciones o cirugías complejas

La presidencia de la república en Lineamiento Para La Realización De Exámenes Médicos Ocupacionales 2022,  emite esta definición: Examen médico Posincapacidad o de reintegro laboral: Examen que se realiza a los funcionarios que han tenido una incapacidad por enfermedad de origen común/laboral o por accidente de trabajo por un periodo prolongado (más de 45 días) con el propósito de evaluar su condición de salud actual que puedan verse agravadas o que puedan interferir en la labor y determinar si el colaborador puede regresar a las labores habituales que estaba ejecutando o si tiene restricciones para el ejercicio de las mismas.

La página web de la Agencia Nacional de Vías, nos señala:  Conjunto de exámenes clínicos y paraclínicos que se le practican a todo trabajador que reingrese después de una incapacidad médica mayor o igual a 15 (quince) días y a los trabajadores con incapacidades menores, según criterio médico. Su objetivo es determinar las condiciones generales de salud y verificar si las condiciones funcionales del individuo al reingreso son compatibles con el cargo que desempeña. Debe practicarse antes de reingresar a la labor. 

Debe practicarse antes de reingresar al oficio. En caso de disminución de la funcionalidad, se debe precisar el tipo de actividades restringidas y coordinar la rehabilitación y/o reubicación del trabajador con la Administradora de Riesgos Profesionales. El médico expide una certificación indicando si hay o no alguna restricción para desarrollar la actividad usual. (Norma Técnica Colombiana 4115, Medicina del Trabajo, Evaluaciones médicas ocupacionales, 16 Abril de 1997, 3.2.2.3).

La duración de la evaluación médica laboral (ingreso, periódica, post incapacidad o reintegro para recomendaciones medico laborales y de egreso) deberá ser mínimo de 20 minutos y 15 minutos adicionales, para cada examen paraclínico adicional o de acuerdo con lo ha establecido en el contrato. Ministerio de agricultura. Lineamientos de exámenes ocupacionales.2021.

RECORDAR: Tanto los exámenes por realizar como su periodicidad dependen de las condiciones de trabajo, el estado de salud de la persona, las recomendaciones de vigilancia epidemiológica y la legislación vigente. (Norma Técnica Colombiana 4115, Medicina del Trabajo, Evaluaciones médicas ocupacionales, 16 Abril de 1997, 3.2.2.2).

Ley 776 de 2002 - Artículo 4°, “REINCORPORACIÓN AL TRABAJO. Al terminar el período de incapacidad temporal, los empleadores están obligados, si el trabajador recupera su capacidad de trabajo, a ubicarlo en el cargo que desempeñaba, o a reubicarlo en cualquier otro para el cual esté capacitado, de la misma categoría.” “Artículo 8o. Reubicación del trabajador. Los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o a proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes, para lo cual deberán efectuar los movimientos de personal que sean necesarios”.

CONCLUSIÓN:

Como pueden ver en las definiciones de los distintos entes gubernamentales, no existe un criterio único en cuanto el tiempo que debe ser valorado el trabajador en su estado posincapacidad, pero podemos inferir que es el criterio medico del especialista de SGSST, el que puede determinar esta evaluación, en aras del bienestar del trabajador al enrolarse en su cargo anterior o si las recomendaciones o restricciones, lo candidateen para una reubicación laboral.

Un examen bien hecho puede arrojar resultados con recomendaciones precisas para ajustar las condiciones de trabajo a la nueva realidad medica del trabajador, o advertir la necesidad de proceder a una reubicación laboral, acorde a las aptitudes psicofísicas en tiempo y lugar actualizados.

RECORDAR: Pedir el fin de la incapacidad, concepto del medico tratante con sus recomendaciones, si las otorga y los documentos que lo respaldan, sin eso no se puede realizar el examen postincapacidad. 

Cibergrafía

  1. https://www.protegerips.com/examenes-medicos-ocupacionales
  2. https://www.medicallabips.com/examenes-ocupacionales/examen-post-incapacidad/
  3. https://www.saludreal.co/examen-medico-post-incapacidad
  4. https://www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GTHG02.pdf
  5. http://www.nuevalegislacion.com/files/susc/cdj/doct/mtr_195855_13.pdf
  6. https://www.arlsura.com/images/construccionsegura/documentos/herramienta_guia.pdf
  7. https://dapre.presidencia.gov.co/dapre/DocumentosSIGEPRE/L-TH-09-Lineamiento-realizacion-examenes-ocupacionales.pdf
  8. https://ansv.gov.co/es/atencion-ciudadania/glosario/examen-medico-post-incapacidad
  9. https://saludocupacionalunad.files.wordpress.com/2009/12/ntc-4115-evaluaciones-medicas-ocupacionales.pdf

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