INTRODUCCIÓN
El 26 de mayo de 2015, el Ministerio del Trabajo de Colombia expidió el Decreto
1072 de 2015, conocido popularmente como el Decreto Único Reglamentario (DUR)
del Sector Trabajo. Se trata de una compilación de las distintas
reglamentaciones preexistentes en materia laboral. Este instrumento normativo
representó un hito en la técnica legislativa colombiana, pues no crea derecho
nuevo en su mayor parte, sino que organiza, sistematiza y unifica en un solo
cuerpo jurídico decenas de decretos reglamentarios dispersos que, hasta ese
momento, dificultaban la consulta y aplicación del derecho del trabajo tanto
para empleadores como para trabajadores.
El presente ensayo analiza el origen, la estructura y los aspectos más
relevantes del Decreto 1072 de 2015, con especial énfasis en su importancia
práctica para los trabajadores colombianos.
ORIGEN Y PROPÓSITO DEL DECRETO
La expedición de este decreto obedeció a una política de simplificación del
sistema normativo nacional. El decreto busca cumplir con la política pública
gubernamental de simplificación y compilación orgánica del sistema nacional
regulatorio. En la práctica, esto significó reunir en un solo texto normas que
antes estaban repartidas en más de cincuenta decretos independientes, expedidos
a lo largo de varias décadas, sobre temas tan diversos como la jornada laboral,
el subsidio familiar, el teletrabajo, la seguridad y salud en el trabajo, y la
calificación de la invalidez.
Es importante entender que el Decreto 1072 no es una norma estática: desde su
expedición ha sido modificado y adicionado en múltiples ocasiones por decretos
posteriores —como ocurrió recientemente con las disposiciones sobre la firma
electrónica de los contratos de trabajo—, lo que confirma su naturaleza de
"decreto vivo" que se actualiza para incorporar nuevas realidades del
mundo laboral, incluidas las tecnológicas.
ESTRUCTURA DEL DECRETO.
Para comprender su alcance, es útil conocer su arquitectura interna. El decreto se organiza en tres grandes libros:
- Libro 1 – Estructura del sector: describe la organización administrativa del sector trabajo, con el Ministerio del Trabajo a la cabeza, sus órganos de asesoría y las entidades adscritas y vinculadas.
- Libro 2 – Régimen reglamentario del sector trabajo: es la parte más extensa y sustancial del decreto, dividida en títulos que abordan las relaciones laborales individuales y colectivas, la inspección, vigilancia y control, y los riesgos laborales, entre otros temas.
- Libro 3 – Disposiciones finales: cierra el cuerpo normativo sin subdivisiones adicionales.
Dentro de esta estructura jerárquica (libros, partes, títulos, capítulos, secciones y artículos), destaca especialmente un capítulo que se ha vuelto de referencia obligada para cualquier empresa que opere en Colombia.
PUNTOS MÁS RELEVANTES DEL DECRETO
Su relevancia y carácter obligatorio para todo tipo
de empresas radican en los siguientes aspectos:
- Aplicación universal: Su
cumplimiento es obligatorio para empleadores públicos y privados, contratantes,
organizaciones de economía solidaria y trabajadores independientes, sin
importar el tamaño o la actividad económica de la empresa.
- Obligaciones del empleador: Define
los deberes ineludibles de la gerencia, que incluyen la asignación de
responsabilidades, la comunicación de la política de SST y la provisión de los
recursos necesarios para el sistema.
- Mejora continua: Exige
que el sistema esté basado en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y
Actuar) y que sea revisado por la alta dirección por lo menos una vez al año.
- Gestión de riesgos:
Establece el paso a paso que las organizaciones deben seguir para anticipar,
reconocer, evaluar y controlar los riesgos laborales, protegiendo así la
integridad de los trabajadores y evitando sanciones legales.
1. El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
2. Relaciones laborales
individuales y colectivas
El decreto compila las normas sobre contratación de personal, tipos de
contrato, jornada de trabajo, trabajo suplementario y recargos por trabajo
dominical y festivo. Un aspecto especialmente protector para el trabajador es
que ni siquiera con el consentimiento expreso de los empleados es posible hacer
excepciones a la jornada máxima legal de trabajo, bajo pena de sanción para el
empleador que incumpla esta regla. Esta disposición refuerza el carácter
irrenunciable de los derechos laborales mínimos, un principio fundamental del
derecho del trabajo colombiano.
3. Riesgos laborales y calificación de invalidez
El decreto también organiza todo lo relacionado con la afiliación al Sistema
General de Riesgos Laborales, las cotizaciones, el Fondo de Riesgos Laborales y
los intermediarios de seguros. De particular importancia para los trabajadores
es la reglamentación sobre las Juntas Regionales y Nacional de Calificación de
Invalidez, encargadas de determinar la pérdida de capacidad laboral para
efectos de las prestaciones por invalidez. El decreto regula todo el trámite
ante estas juntas, desde la solicitud hasta la notificación del dictamen y los
recursos disponibles, brindando así garantías procesales a quienes buscan el
reconocimiento de una pensión de invalidez.
4. Subsidio familiar
Otro punto relevante es la actualización del régimen del subsidio familiar. La
reglamentación recogida en el decreto refleja la evolución de esta prestación,
con la ampliación a nuevas poblaciones beneficiarias como los trabajadores del
servicio doméstico y los pensionados, además de nuevas modalidades de pago en
especie y en servicios por parte de las cajas de compensación familiar, en
áreas como salud, educación, vivienda, crédito y recreación.
5. Teletrabajo
El decreto también incorpora y armoniza la regulación del teletrabajo,
entendido como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante el
uso de tecnologías de la información y las telecomunicaciones. Con el auge del
trabajo remoto en los últimos años, esta sección ha cobrado renovada
importancia práctica.
6. Inspección, vigilancia y control
Finalmente, el decreto reitera y ordena las facultades de inspección,
vigilancia y control que ejerce el Ministerio del Trabajo, incluyendo el
llamado "poder preferente" del Viceministro de Relaciones Laborales,
aplicable en todo el territorio nacional. Esto garantiza al trabajador que
existe una autoridad administrativa con competencia clara para investigar y
sancionar el incumplimiento de sus derechos.
7. Firma electrónica de los contratos de trabajo (actualización
reciente)
Como muestra de que el decreto sigue evolucionando, se adicionaron artículos
que permiten la celebración de contratos de trabajo firmados electrónicamente.
La norma es clara en proteger al trabajador: la imposibilidad de firmar
electrónicamente un contrato individual de trabajo no puede convertirse en una
barrera de acceso al empleo, y es el empleador quien debe asumir la carga de
proveer los medios tecnológicos necesarios para ello.
IMPORTANCIA PARA LOS TRABAJADORES COLOMBIANOS
CONCLUSIÓN









