ASPECTOS LEGALES DE LA OBESIDAD EN COLOMBIA 2025
Por Edgardo Aguilar H. Medico SGSST
Cada 4 de marzo se conmemora
en el Día Mundial de la Obesidad, promulgado por la Organización Mundial de la
Salud –OMS, y cuya condición ha alcanzado proporciones epidémicas a nivel
global y que cada año cobra la vida de 2,8 millones de personas.
La obesidad en el contexto laboral de 2022 en Colombia se consolidó como una epidemia que, agravada por el pos-confinamiento, representa una crisis de salud pública con repercusiones significativas en la productividad y la economía de las empresas.
"Para las empresas, el costo de un trabajador con obesidad es 6,3 veces mayor y el valor que paga por trabajador ausente es 6,52% sobre el salario. “El ausentismo laboral se incrementa significativamente, con una persona con obesidad ausentándose 4,9 veces más que una persona con peso normal”. Grupo Éxito.
“COMER
PARA VIVIR, NO VIVIR PARA COMER”
"La obesidad es considerada en la
actualidad una epidemia a nivel mundial, OMS 2000"
- Desde 1980, los índices de
obesidad se han duplicado y más a nivel mundial.
- En el 2008, 1400 millones de
adultos (de 20 y más años) tenían sobrepeso. Dentro de este grupo, más de 200
millones de hombres y cerca de 300 millones de mujeres eran obesos.
- El 65% de la población mundial
vive en países donde el sobrepeso y la obesidad se cobran más vidas de personas
que la insuficiencia ponderal.
- En el 2010, alrededor de 40
millones de niños menores de cinco años tenían sobrepeso.
- La obesidad puede prevenirse.
- Día Mundial de la Lucha contra la Obesidad: 11 de octubre.
- El Sobrepeso y Obesidad requieren de tratamiento para prevenir y/o controlar
enfermedades asociadas a éstas. No asumirlo es un riesgo presente y futuro.
La OMS
define sobrepeso y obesidad “como una acumulación anormal o excesiva de grasa
que puede ser perjudicial para la salud”
La obesidad es
el resultado del desequilibrio entre el consumo excesivo en calorías y la falta
de actividad física adecuada, y sus
consecuencias alcanzan proporciones catastróficas. Representa un alto costo para los servicios
de salud y para las empresas, al incluirla en el
SVE cardiovascular.
Determinar la distribución grasa y medir el exceso de peso corporal nos ayuda a predecir comorbilidades. Cuantificar el exceso
de grasa y conocer su repercusión en el paciente
nos ayudará a valorar comorbilidades, actitudes
terapéuticas posibles e incluso su repercusión en el mundo laboral.
Clasificación de la OMS en base al IMC:
Tener presente
que 2 personas con un IMC igual, debemos saber:
- Las mujeres
son propensas a tener mayor porcentaje de grasa corporal que los hombres.
- La población
afroamericana tiene menor grasa corporal que las personas blancas.
- Los asiáticos
presentan mayor grasa corporal que las personas blancas.
- Las personas
de la tercera edad tienen más grasa corporal que los adultos jóvenes.
- Los que
practican algún deporte presentan menor grasa corporal que aquellos que no son
deportistas.
Debido a
esto, se recomienda, además de utilizar el IMC como un indicador de sobrepeso y
obesidad, apoyarse de la medida del perímetro abdominal y del cálculo del
porcentaje de grasa corporal. Así se garantiza un resultado más fiable.
Existe consenso acerca de que la medición de la circunferencia abdominal
(CA) es un indicador indirecto de la presencia de grasa intraabdominal. Es
fácil de obtener y de bajo costo, por lo que se utiliza para predecir
tempranamente el riesgo de padecer enfermedades como la Diabetes
Mellitus, la hipertensión y las cardiovasculares, y provee información útil
para identificar población en riesgo, aún antes de que la obesidad sea
identificada con el índice de masa corporal (IMC).

Para
la medición de la circunferencia de cintura abdominal se utiliza una cinta no
extensible y se mide al final de una expiración suave, en posición de pie, en
el punto medio entre el borde costal inferior y la cresta iliaca a nivel de la
línea axilar media, paralela al piso. Existen otros protocolos en los que se utiliza de referencia el ombligo, bien pasando
la cinta por él, o a determinada distancia del mismo. Si las cifras de perímetro
abdominal son inferiores a las señaladas, hablaríamos de obesidad periférica.
Mientras que, si dichas cifras fueran superadas, estaríamos ante un caso de
obesidad central.
La obesidad abdominal en
mujeres de 18 a 64 años se encontró en el 59,6 % de la población, mientras que
en hombres se encontró en 39,3%, "situación que confirma que esta
problemática afecta mayormente a las mujeres del país". Ministerio de Salud y
Protección Social. Cabe anotar que la obesidad,
sin importar el indicador, es más común entre las mujeres que entre los
hombres. La razón es biológica: los hombres tienen mayor delgadez natural de
los tejidos adiposos que las mujeres (James et al., 2001, p. 231). En Colombia, los hombres presentan, en promedio, un menor
IMC que las mujeres.
La circunferencia de la cadera se mide
como la mayor circunferencia obtenida a nivel trocantéreo, en posición de pie.
Para ambos puntos anatómicos se recomienda realizar al menos 2 mediciones y
promediarlas. Segun OMS: Varones 1 y mujeres 0.8.
CONSECUENCIAS DEL IMC EN
ADULTOS ELEVADO.
La obesidad es el peor factor de riesgo cardiovascular. Los niveles
altos del IMC en adultos establecidos
como sobrepeso y obesidad se asocian con una mayor probabilidad de desarrollar
diversas patologías, entre ellas:
- Enfermedades
cardiovasculares, donde destacan las cardiopatías y el accidente
cerebrovascular, razón por la cual también se consideran un factor de riesgo
cardiovascular.
- Hipertensión
arterial, diabetes tipo 2, Síndrome
de Ovario Poliquístico (SOP).
- Dislipidemia,
la cual predispone al desarrollo de arterioesclerosis
- Enfermedades
del aparato locomotor como la artrosis.
- Algunos tipos
de cáncer: colón, mama, hepático, endometrial, prostático, renal, ovárico.
- Problemas
respiratorios, trastornos del sueño.
- Puede
complicar o incluso generar ERC, ya que contribuye a la disminución de la TFG.
NORMATIVIDAD LEGAL COLOMBIANA:
El Tribunal de Justicia de la Unión
Europea sentenció recientemente a la obesidad (“mórbida”) como una forma de discapacidad
cuando acarrea limitaciones en el individuo que incidan en su desarrollo profesional
o en la igualdad de sus condiciones frente a otros. De tal modo, se ha
determinado que quienes padecen obesidad severa deberán recibir la misma
protección laboral y legal que quienes padecen otros tipos de minusvalía. Además,
puede tener efectos para la interposición de demandas por discriminación laboral.
Los aspetos legales sobre Obesidad en Colombia son los siguientes:
1. Ley 1355 de 2009 (octubre 14) (Ley Obesidad o anti gorditos) por
medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas
a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención. El Congreso de Colombia
decreta: Artículo 1o. Declarese. La obesidad como una
enfermedad crónica de Salud Pública, la cual es causa directa de enfermedades
cardiacas, circulatorias, colesterol alto, estrés, depresión, hipertensión,
cáncer, diabetes, artritis, colon, entre otras, todos ellos aumentando considerablemente
la tasa de mortalidad de los colombianos.
2. El ministerio de salud y protección social de Colombia expidió el decreto
3280 de 2018, en el cual se adoptan lineamientos técnicos y operativos de
la Ruta Integral de Atención para la Promoción
y Mantenimiento de la Salud (Herramientas para la ADULTEZ Y VEJEZ y otras) además
de la Ruta integral del Atención en
Salud para la Población Materno Perinatal.
3. Resolución 2508 de 2012: Reglamento Técnico sobre los requisitos que deben cumplir los alimentos envasados que contengan grasas trans y/o grasas saturadas.
4.
Resolución 544
de 2013: Por la cual
se modifica el artículo 11 de la Resolución número 2508 de 2012.
Estas dos resoluciones 3 y 4 respaldan la finalidad de la Ley 1355 de 2009.
5. Resolución 810 de 2021: Establece los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados o
empacados para consumo humano. Jugadita de la presidencia para quitarle
peso a la ley de la comida chatarra. Esta resolución, evade las directrices aprobadas en el parlamento colombiano.
Este gobierno de Duque siempre
favoreciendo a los grandes capitales, a costillas de la salud pública de sus
conciudadanos.
6. Ley de “comida chatarra” 2120 (30/07/2021) Sancionada por Duque:
“Por medio de la cual se
adoptan medidas para fomentar entornos alimentarios saludables y prevenir
enfermedades no transmisibles y se adoptan otras disposiciones”. Ley de la
comida chatarra: Esta normativa implanta en Colombia el etiquetado frontal de
advertencia para productos comestibles y bebibles ultraprocesados, poniendo así
al país a tono con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud
(OMS) y de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) frente a la lucha
contra la obesidad.
7. Concepto jurídico FIAN Colombia al Proyecto de ley número
262 de 2020 Cámara - 182 de 2021 Senado, por medio de la cual se expide
la Ley General para el Manejo Integral al Sobrepeso y la Obesidad. Pasó en Cámara y ahora se encuentra en el Senado. Ley MISO: “Manejo Integral al Sobrepeso y la Obesidad”
Según la OMS: los alimentos ultraprocesados está directamente
relacionado al aumento de obesidad en América latina. En Colombia 36.2% sufre
de sobrepeso. 3 de cada 4 estudiantes consume bebidas azucaradas una o más
veces al día y solo 1 de cada 10 escolares consume frutas y verduras en las
cantidades recomendadas. Fuente Minsalud 2018.
Los alimentos ultraprocesados tiene formulacionesindustriales altas en azúcar, grasas saturadas, sodio, estabilizadores y preservantes. Fuente: Revista Española de Nutrición Humana y Dietética. 2020. Es importante colocar en la etiqueta frontal estos exceso, para prevenir al consumidor de los efectos dañinos de estos productos. Por ejemplo el pan tajado contine edulcorantes y alto contenido en sodio y mucha gentes no lo saben. El consumo habitual de estos productos aumenta el riesgo de niños y niñas de sufrir a futuro, de enfermedades crónicas no
transmisibles. Fuente Ministerio de Salud Y Protección social. 2019.

Según la última Encuesta
Nacional de Situación Nutricional (ENSIN) (ICBF et. al., 2015), entre 2010 y 2015 el exceso
de peso en personas adultas pasó del 51,2 % al 56,4 %, y en niños
entre 5 y 12 años del 18,8 % al 24,4 %, es decir un aumento de 5,6 %,
lo que muestra que estamos ante un incremento constante y significativo en las
tasas de sobrepeso y obesidad. Estas son condiciones que favorecen la aparición
de enfermedades más graves como la diabetes, la hipertensión y algunos tipos de
cáncer. Por eso es necesario reforzar las medidas de política pública en
prevención, y precisamente ese es el espíritu de la Ley 2120 de 2021
Según un estudio,
de media, la obesidad
mata a una persona cada 20 minutos
en España y a casi 3 millones mueren anualmente en el mundo.
Por este motivo, tratar la obesidad en el trabajo debe ser un compromiso que cambiará de manera radical
la salud y a vida del
trabajador.
En ese sentido, las empresas
deben ser capaces de proporcionar a sus empleados alternativas para llevar
un estilo de vida saludable y combatir la obesidad. Estas iniciativas deben
incluir acciones que incentiven un estilo de vida saludable a través de la
dieta y el deporte, además de ocuparse de tratar el factor psicológico pues
algunas de las consecuencias de la obesidad son la baja autoestima y la depresión.
Epilogo: “Dime que comes y cómo vives y te diré que tanto vivirás y de qué morirás”
La Obesidad infantil como frenarla con la publicidad o con los impuestos
OBESIDAD Y TRABAJO:
Si bien en Colombia no hay
evidencias concretas de un castigo en el salario, a los gordos se les paga
menos que a quienes están dentro de los estándares normales de masa corporal en
México, Estados Unidos e Inglaterra. “la industrialización hace que
se incremente el consumo de alimentos azucarados, sumado al sedentarismo”.
"Hay una intensa
discriminación hacia los obesos", afirma la nutricionista y profesora
de la Universidad Iberoamericana, Araceli Suverza, tras admitir que la persona
con demasiado sobrepeso tiene mayor costo para las empresas, presentan un
indicador mayor de ausentismo laboral y son más propensos a enfermarse. "más kilos, es
equivalente a tener menos oportunidades de trabajo o menor sueldo", algo
primario y criticable en un mundo que privilegia el talento, pero que a la vez
discrimina por conveniencias sociales y económicas.
TRABAJOS DE ALTO RIESGO Y OBESIDAD:
El
peso límite máximo y mínimo para trabajar en alturas está determinado por
múltiples variables: Por debajo de 59 kg el
absorbedor puede ser inefectivo, además trabajadores de talla tan pequeña
pueden quedar insuficientemente sujetados por las riatas o correas del arnés. El peso del trabajador (con
todo y equipo) no debe sobrepasar los 90 Kg debido a la alta energía de arresto
que con esta masa se alcanza, haciéndose mandatorio el utilizar siempre el
absorbedor de energía por encima de este peso, al igual que los puntos de
anclaje por debajo de la argolla dorsal, también es de esperar que trabajadores
con extremidades de gran diámetro tengan dificultad para atarse las correas del
arnés. Muchos arneses vienen certificados hasta 140 kg, cual no exime de
medidas de precaución anteriores (M Olmo R Nave, Mecánica de la caída -
HyperPhysics).
RECOMENDACIONES PARA PREVENIR LA OBESIDAD
- Es ideal consumir alimentos
frescos, variados y en lo posible, locales, evitando los alimentos procesados
con altos contenidos de azúcares, grasas o sal. Se recomienda volver a las
preparaciones culinarias en casa, fomentando tiempos de preparación con los
niños y consumo de alimentos en el hogar, de esta manera se promueven hábitos
alimentarios saludables.
- Para las preparaciones
disminuir las preparaciones fritas o demasiado azucaradas y saladas, hacer una
reducción progresiva, prefiriendo recetas cocidas, asadas o al vapor.
- Es importante aprender a ser
crítico frente al marketing y publicidad de los alimentos envasados reflexiona
sobre el contenido de información y si realmente aplica a tus necesidades
alimentarias.
- Se recomienda incluir al menos
5 porciones de frutas y/o verduras frescas al día, enseñando a los niños sobre
su valor nutricional, practicidad y aprovechando la biodiversidad de estos
alimentos en el país y su variedad de sabores.
- Aumentar el tiempo de
actividad física de al menos 150 minutos a la semana, en los que se puede
aprovechar para jugar con los niños o actividades que impliquen movimiento:
bailar, saltar, correr, nadar, etc. Disminuyendo así el tiempo frente a
pantallas.
- Se recomienda dar lectura a
las etiquetas nutricionales y preferir los alimentos con menor contenido de
sodio, grasas saturadas y azúcares añadidos y no premiar a los niños con dulces
o golosinas.
- Un aspecto que se hace
primordial para una vida saludable es la lactancia materna ya que trae
beneficios a largo plazo, como reducir el riesgo de sobrepeso y obesidad en la
infancia y la adolescencia.
CIBERGRAFÍA:
- https://www.prevencionintegral.com/canal-orp/papers/orp-2015/obesidad-motiva- discapacidad-laboral
- https://blog.diabetrics.com/imc-en-adultos-valor-predictivo?hsLang=es-co
- http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1729-519X2018000400591#
- https://www.infobae.com/america/colombia/2021/06/24/advierten-jugadita-del- gobierno-a-la-ley-de-comida-chatarra-aprobada-por-el-congreso/
- https://www.doctoraki.com/blog/nutricion/ley-comida-chatarra-2021-que-es-y-su- importancia/
- https://youtu.be/d6x7BTD8wLg
- https://www.antonioamoros.com/wp-content/uploads/2016/01/La-obesidad-y-su- relacio%CC%81n-con-la-incapacidad-laboral-M%C2%AA-Cristina-Sancho-Alario.pdf
- https://www.obecentro.com/como-afecta-la-obesidad-al-trabajo/
- https://www.elempleo.com/co/noticias/consejos-profesionales/sobrepeso-influye-en-vinculacion-laboral-3138
- https://unperiodico.unal.edu.co/pages/detail/ley-de-la-comida-chatarra-colombia-implementa-el-etiquetado-frontal-de-advertencia/
- https://www.researchgate.net/publication/227386396_Los_Determinantes_de_la_Obesidad_en_Colombia
- https://amchamcolombia.co/noticias-afiliados/que-impacto-tiene-en-las-empresas-la-obesidad-y-el-sobrepeso/#