Datos
significativos de la OIT (2020):
- “Se calcula que 1.000 personas mueren cada día en el mundo debido a accidentes laborales y otras 6.500 de enfermedades profesionales”.
- “Cada 15 segundos un trabajador muere a causa de accidentes o enfermedades relacionadas con el trabajo”.
- “Cada 15 segundos, 153 trabajadores tienen un accidente laboral”.
Los fenómenos de la naturaleza que crean situaciones de riesgo laborales para la población trabajadora son diversas por las condiciones topográficas que tiene Colombia y abre unas condiciones ambientales en determinadas profesiones más críticas que otras, dependiendo de su vulnerabilidad con el medio donde se ubican estos empleados, veamos cuales son estos riesgos naturales:
TIPO DE RIESGOS LABORALES EN LAS COMPAÑÍAS
Los factores de riesgos laborales
son condiciones, características o exposiciones que generen cualquier daño o afectación
a la salud del trabajador; es necesario identificar qué tipo de riesgo se
registra en las compañías, para así evitar la ocurrencia de accidentes,
incidentes o enfermedades laborales. En la figura lado izquierdo, podemos ver los distintos tipo de riesgos a los que estamos sometidos todos los que laboramos, de acuerdos a los distintos espacios laborales.
Factor de Riesgo Psicosocial: Condición o condiciones del individuo, del medio extralaboral o del medio laboral, que bajo determinadas condiciones de intensidad y tiempo de exposición generan efectos negativos en el trabajador o trabajadores, en la organización y en los grupos, y por último producen estrés, el cual tiene efectos en los niveles emocional, cognoscitivo, del comportamiento social y laboral y fisiológico, afectando la salud de los trabajadores de manera individual o grupal.
CATEGORÍA DE
DAÑO:
1. SALUD: Enfermedad laboral
- Daño Leve: Molestias e irritación (ejemplo: dolor de cabeza), enfermedad temporal que produce malestar (ejemplo: Diarrea)
- Daño Moderado: Enfermedades que causan incapacidad temperar. Ejemplo, perdida parcial de la audición, dermatitis, asma, desordenes de las extremidades superiores.
- Daño Extremo: Enfermedades agudas o crónicas, que generen incapacidad permanente parcial, invalidez o muerte.
2. SEGURIDAD: Accidente Laboral
- Daño Leve: Lesiones superficiales, heridas de poca fundida, contusiones, irritaciones del ojo por material particulado.
- Daño Moderado: Laceraciones, heridas profundas, quemaduras de primer grado, conmoción cerebral, esguinces graves, fracturas de huesos cortos.
- Daño Extremo: Lesiones que generen amputaciones, fracturas de huesos largos, trauma cráneo encefálico, quemadura de segundo y tercer grado, alteraciones severas de mano, de columna vertebral con compromiso de la medula espinal, oculares que comprometen en el campo visual, disminuyan la capacidad auditiva.
¿QUÉ HACER CON EL RIESGO?
La evaluación
de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de
aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información
necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión
apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso,
sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
Cuando de la
evaluación realizada resulte necesaria la adopción de medidas preventivas,
deberán ponerse claramente de manifiesto las situaciones en que sea necesario:
a) Eliminar o
reducir el riesgo, mediante medidas de prevención en el origen, organizativas,
de protección colectiva, de protección individual, o de formación e información
a los trabajadores.
b) Controlar
periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el
estado de salud de los trabajadores.
En el siguiente link están los métodos para calificar y prevenir los riesgos laborales: https://edaguilarocupacional.blogspot.com/2021/07/trabajar-con-seguridad-es-lo-correcto.html
Ojo con las multas que pueden recaer sobre el líder del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Morales, Estéticas, Materiales y hasta Penales.
- El artículo 62 del Decreto 1295 de 1994 nos dice que los accidentes de trabajo deben ser reportados como máximo a los dos (2) días hábiles siguientes al evento y el artículo 4 de la Resolución 1401 de 2007, establece para el empleador la obligatoriedad de investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes a su ocurrencia, a través del equipo investigador.
- El artículo 2.2.4.1.7. del Decreto 1072 de 2015 instituye ante quien se debe reportar un accidente y enfermedad laboral.
- El artículo 30 de la Ley 1562 de 2012 establece la multa por no reportar un accidente y enfermedad Laboral
DEFINICIÓN
Las tareas de alto riesgo son todas las
actividades que por su naturaleza o lugar donde se realiza, implica la
exposición o intensidad mayor a las normalmente presentes en la actividad
rutinaria las cuales pueden causar accidentes laborales severos y en muchas
ocasiones, mortales.
DECRETO 2090 26/07/2003
Fuente: http://www.ridsso.com/documentos/muro/207_1485366934_5888e69647abc.pdf
LAS TAREAS DE ALTO RIESGO O… LOS TRABAJOS QUE MATAN
- ¿Cuál el costo de vida humana?
- ¿Cuál es el costo de la pérdida de una extremidad?
- ¿Cuál es costo de una discapacidad permanente?
- ¿Cuál es el costo para la persona herida o el dolor de su familia?
- Una vez que se comete un error, no podemos hacer nada para cambiar lo ocurrido.
- “El precio que se paga es para siempre”
Lema de la OIT: Trabajo seguro, trabajo digno.
CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJOS DE ALTO RIESGO
SE CARACTERIZAN
POR:
- No ser rutinarios, son eventuales.
- Requerir de una evaluación previa del (IPERC) y de los controles a establecer para su ejecución.
- Contar con un Plan de Trabajo
- Contar con Procedimientos para actividades de alto riesgo y/o ATS
- Contar con un Plan de contingencia y emergencia
- Contar con elementos de protección especiales (EPP)
- Requerir exámenes psicofísicos especiales al trabajador.
- Requerir la presencia de personal especializado.
- Requerir de un permiso determinado antes de su ejecución.
- Requerir de supervisión permanente.
PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS OCUPACIONALES
Riesgos laborales: ¿los trabajadores de
una empresa se encuentran todos expuestos al mismo riesgo?
Las empresas en Colombia, para efectos de la seguridad y salud de los trabajadores, se encuentran clasificadas en niveles de riesgo, que oscilan entre I (riesgo mínimo) y V (riesgo máximo). Esta calificación conlleva una serie de obligaciones, por ejemplo, el pago de aportes al sistema de riesgos laborales en diferentes tarifas según el nivel de riesgo, a saber:
Si deseas saber cual es el pago que debes realizar a tus empleados, consulta con el simulador de pagos de seguridad social en Colombia: https://corporativo.compensar.com/afiliaciones/calculadora-aportes
Decreto 768 de 16/05/2022. Por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones. Derogo al 1607 de 2002.
A. Estructura de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas:
La Tabla se encuentra conformada por un código de siete (7) dígitos que identifica la clasificación de las actividades económicas, al frente del cual se encuentra la descripción de la respectiva actividad. El mencionado código se compone de los siguientes dígitos:
1. Primer dígito: especifica la clase de riesgo: 1, 2, 3, 4 ó 5.
2. Dígitos del 2 al 5: Código de Clasificación Industrial Internacional Uniforme – Código CIIU Revisión 4 adaptada para Colombia
3. Dígitos 6 y 7: subactividad económica en igual clase de riesgo.
B. Clase de riesgo de la empresa.
Decreto Numero 768 De 2022
CIBERGRAFÍA:
- https://prevencionar.com/2022/03/17/riesgos-laborales-en-las-empresas/
- https://posipedia.com.co/wp-content/uploads/2019/08/gestion-demandas-trabajo.pdf
- https://smsafemode.com/blog/riesgo-laboral/
- https://slideplayer.es/slide/1639398/
- https://es.slideshare.net/OverallhealthEnSalud/trabajos-de-alto-riesgo-overall
- https://actualicese.com/riesgos-laborales-los-trabajadores-de-una-empresa-se-encuentran-todos-expuestos-al-mismo-riesgo/
- https://safetya.co/accidentes-de-trabajo-preguntas/#
- https://www.youtube.com/watch?v=9M8JuKaZMbk
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