PRUEBA PSICOSENSOMÉTRICA: PASAPORTE A LA SEGURIDAD VIAL
"Más
del 90% de las colisiones de tránsito son originadas por error humano, y pueden
reducirse con acciones preventivas".
En Colombia, este tipo de pruebas
empezaron a realizarse a partir de la Ley 769 de 06/08/2002 (Código
Nacional de Tránsito Terrestre) con el fin de cumplir el numeral 8.1.2 de la Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial, que
forma parte de la Resolución 1565/2014 (Derogada por la Resolución 202230400 40595 de 12/07/2022). En el
2014 se implementó la prueba psicosensométrica para identificar aspectos de la
aptitud física, capacidades de respuesta a situaciones externas y la adecuada
salud mental de quien asumirá la responsabilidad de conducir. la aptitud psicofísica de los conductores colombianos esta regulada por la Resolución 0217 de 2014 y su anexo técnico, artículos 17 y 18.
Más que una prueba para la
expedición y/o refrendación de la licencia de conducir; las pruebas
psicosensométricas son una estrategia de prevención de la
accidentalidad, de suma importancia para bajar las tasas de muertes por accidentes de tránsitos y daños a los transeúntes, en el servicio publico y privado.
Evaluación de la personalidad
Se evalúa especialmente la capacidad de control de los aspectos impulsivos. Se busca que el postulante pueda tomar decisiones en forma objetiva, mediatizadas por el pensamiento. La presencia de indicadores de impulsividad expone al sujeto a situaciones de riesgo. Según esto, la prueba psicosensométrica está enfocada a la seguridad en el trabajo y puede definirse como aquel método que se ocupa de describir, comprender, predecir y controlar el comportamiento de las personas en un determinado contexto (ocupación) y ante situaciones específicas (condiciones y factores que afectan o podrían afectar la seguridad y salud de estos en su trabajo). En conclusión, la prueba no mide si la persona sabe conducir o no, si no que analiza las habilidades que toda persona debe tener para el ejercicio de actividades de alto riesgo.
¿En qué consiste la Prueba Psicosensométrica?
Desde el punto de
vista psicológico, para la evaluación de estos perfiles, se tiene la batería
diagnóstica psicosensométrica que indaga diferentes áreas cuya adecuada
interrelación es necesaria para un correcto desempeño de la posición asignada. La prueba se
compone de un examen de Coordinación Motriz y un examen de psicología.
Examen de
Coordinación Motriz:
- Tiempos de Reacciones Múltiples: Evalúa la capacidad de discriminación y tiempo de reacción correspondiente de evaluado ante una serie variada de estímulos visuales y auditivos. Según Anexo I de la Res. 00217 de 2014, (Res. 5228 de 2016), para el grupo uno (1), se podrá limitar la velocidad máxima a 60 Km./h o según criterio médico.
- Coordinación entre Acelerado y Frenado: Evalúa la capacidad de reacción que tiene el evaluado para dejar de acelerar y frenar frente a una situación de emergencia, medida como el tiempo que demora el conductor desde el momento que decide soltar el acelerador y aplicar los frenos del vehículo (el pie el derecho maneja los 2 pedales). Al presentarse una puntuación medio, en esta prueba, Anexo I de la Res. 00217 de 2014, (Res. 5228 de 2016), para el grupo uno (1), se podrá limitar la velocidad máxima a 60 Km./h o según criterio médico.
- Coordinación Visomotora (Coordinación Bimanual): Su objetivo es determinar la habilidad de un aspirante para coordinar y disociar los movimientos de cada mano con ritmo de ejecución no modificable por el aspirante al interactuar en una estimulación visual, dinámica y continua. En los casos que se obtenga una puntuación baja, solo para el grupo uno (1), según Anexo I de la Res. 00217 de 2014, (Res. 5228 de 2016), se podrá autorizar la conducción de un vehículo automático, previa certificación de la realización de pruebas prácticas. Se debe tener en cuenta la capacidad de aprendizaje psicomotor (puntaje de la prueba Resistencia a la Monotonía) la vigencia será de será de un (1) año dependiendo de la exploración médica.
- Coordinación Integral Motriz (Atención Concentrada): Evalúa la medida de interacción que debe existir entre la visión y la audición con los miembros superiores e inferiores, es decir, entre lo que la persona decide mentalmente hacer y la posibilidad real de ejecutar las acciones en forma rápida y precisa. En los casos que la puntuación obtenida por el usuario sea baja, según Anexo I de la Res. 00217 de 2014, (Res. 5228 de 2016) no se admite para la obtención, recategorización o refrendación de la licencia de conducción
- Estimación de Movimiento (Percepción de la velocidad): Su objetivo es medir la capacidad del aspirante para estimar correctamente la trayectoria y la velocidad previa de un móvil, de tal forma que pueda predecir el lugar exacto en el que se hallará en un momento determinado tras haberlo perdido de vista. Al presentarse una puntuación baja, en esta prueba, Según la Resolución 0217 de 2014, para el grupo uno (1) se podrá limitar la velocidad máxima a 60 Km. /h o según criterio médico.
Examen de Psicología:
- Test Psicológico: El cual proporciona información sobre la personalidad del conductor y sus habilidades. Lexicon
- Examen Mental: En la cual de acuerdo a los resultados arrojados por el test de personalidad y una entrevista semi-estructurada, se evalúa la existencia de trastornos mentales o de conducta.
Preparación:
- Si presenta alguna lesión o dificultad que no le permita tener buena motricidad por favor
- comunicarlo.
- No realizar la prueba trasnochado ya que posiblemente influya en el tiempo de reacción del
- evaluado.
- Si los exámenes complementarios no requieren ayuno, venir a la sede luego de ingerir alimentos.
- En caso de utilizar gafas llevarlas consigo al momento de realizar la prueba.
¿CÓMO SE LLAMA EL DISPOSITIVO MÉDICO DE PSICOLOGÍA?
Polireactimetros ADS-plus.
Diseñado para medir la COORDINACION INTEGRAL MOTRIZ de las personas y en especial de los conductores. Ver Test Psicomotriz.
Centros De Reconocimientos Para Conductores Autorizados por la ONAC. Validez de la prueba psicosensometrica es de 6 meses. Resolución 1298 de 2018, modifica el articulo 24 de la R2017/14.
RESULTADO DEL CRC.
INDIQUE
LOS TRASTORNOS EVALUADOS EN EL TEST DE PERSONALIDAD Y SUS RESTRICCIONES.
DEMENCIA: Desarrollo de múltiples déficit cognoscitivo que incluyen
deterioro de la memoria y desorientación. Cuando se presenta este caso, con
dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá obtener, recategorizar o
refrendar su licencia de conducción para el grupo uno (1) y la vigencia será de
un (1) año.
ESQUIZOFRENIA: Perturbación cognoscitiva y emocional, que lleva a una perdida
de contacto con la realidad y que se caracteriza por creencias irracionales,
alucinaciones, dificultades en al comunicación, comportamientos desorganizados
y expresión de emociones inadecuadas al contexto. Cuando se presenta este caso,
con dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá obtener, recategorizar
o refrendar su licencia de conducción apara el grupo uno (1) y la vigencia será
de un (1) año, según criterio médico.
TRASTORNO DEL ANIMO: Alteración del humor que altera la
cotidianidad de las personas. Cuando se presenta este caso, con dictamen
favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá obtener, recategorizar o refrendar
su licencia de conducción apara el grupo uno (1) y la vigencia será de será de
un (1) año, según criterio médico.
TRASTORNOS DISOCIATIVOS: Alteración de las funciones integradoras de
la conciencia, identidad, memoria y la percepción del entorno. Desconexión de
una parte de la persona con la situación que enfrenta: amnesia psicógena, fuga
y personalidad múltiple. Cuando se presenta este caso, con dictamen favorable
de un neurólogo o psiquiatra podrá obtener, recategorizar o refrendar su
licencia de conducción apara el grupo uno (1) y la vigencia será de será de un
(1) año, según criterio médico.
TRASTORNOS DEL SUEÑO: Alteraciones relacionadas con el ritmo de
sueño – vigilia que perturben la funcionalidad de la persona. Cuando se
presenta este caso, con dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá
obtener, recategorizar o refrendar su licencia de conducción apara el grupo uno
(1) y la vigencia será de un (1) año, según criterio médico.
TRASTORNO CONTROL DE IMPULSOS: Falla en resistir un impulso o tentación de
realizar algún acto que puede ser dañino para si o para los demás. Cuando se
presenta este caso, con dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá
obtener, recategorizar o refrendar su licencia de conducción apara el grupo uno
(1) y la vigencia será de un (1) año, según criterio médico.
TRASTORNO DE PERSONALIDAD: Características de Personalidad
Desadaptativos que causan deterioro en el enfrentamiento de situaciones
cotidianas. Cuando se presenta este caso, con dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá
obtener, recategorizar o refrendar su licencia de conducción apara el grupo uno
(1) y la vigencia será de un (1) año, según criterio médico.
TRASTORNO DEL DESARROLLO INTELECTUAL: Demora en el desarrollo de habilidades relacionas con la
cognición que incluye comunicación y académico. En este caso no se admiten para
ninguno de los grupos. Anexo I de la Res. 00217 de 2014, ( Res. 5228 de 2016),
el Coeficiente Intelectual debe ser mayor de 70, se deben tener en cuenta para
la valoración del mismo, las condiciones de interacción social del usuario en
cuanto a fluidez verbal, actitud frente al contexto y todos aquellos rasgos que nos aporten un idea de la
capacidad cognitiva de la persona.
TRASTORNO POR DÉFICIT DE ATENCIÓN: Alteración que se caracteriza por
desatención, hiperactividad e impulsividad que puede estar acompañada por
dificultades con el aprendizaje y comportamiento social. Cuando se presenta
este caso, con dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá obtener,
recategorizar o refrendar su licencia de conducción apara el grupo uno (1) y la
vigencia será de un (1) año, según criterio médico.
PROBLEMAS CON EL ALCOHOL: Dificultades del individuo relacionadas con
el consumo y que puede afectar su cotidianeidad. Cuando se presenta este caso,
con dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra podrá obtener,
recategorizar o refrendar su licencia de conducción apara el grupo uno (1) y la
vigencia será de un (1) año, según
criterio médico.
PROBLEMAS CON LAS DROGAS Y/O MEDICAMENTOS: Dificultad del individuo en cuanto al
consumo de drogas y medicamentos que puedan afectar sus actividad des
cotidianas. Cuando se presenta este caso, con dictamen favorable de medico
podrá obtener, recategorizar o refrendar su licencia de conducción para el
grupo uno (1) y la vigencia será de un (1) año, según criterio médico.
¿CUÁLES SON LAS NORMATIVIDADES LEGALES QUE AVALAN LA
CERTIFICACIÓN DE UN CANDIDATO A RENOVACIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR?
La resolución 0217
de 2014 con su anexo uno y la resolución 5228 de 2016
¿CUÁLES SON LOS NUMERALES QUE DEBE APLICAR EL MEDICO
EVALUADOR EN LA CAPACIDAD FÍSICA GENERAL AL CANDIDATO?
3 al 9
y 13 del anexo I de la resolución 0217 del 2014.
- http://www.servirips.com/prueba-sicosensometrica/
- https://omnisalud.co/cual-es-la-importancia-de-la-prueba-psicosensometrica-en-el-area-laboral/#
- https://tienda.gigha.com.co/producto/evaluacion-sicosensometrica/
- https://psicologiacientifica.com/evaluacion-psicologica-conductor-vehiculos/
- https://www.youtube.com/watch?app=desktop&v=D5s2BWOTXwY
- http://www.sosimetric.com.co/barranquilla/plantillas/templates/example.php?source=IT01%20EVALUACION%20SICOMOTRIZ.pdf&type=file&path=/INSTRUCTIVOS/CONDUCTORES/&cont_type=application/pdf