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viernes, 9 de mayo de 2025

IMPACTO DE LA RESOLUCIÓN 1843 DE 2025 EN LOS TRABAJADORES SST

IMPACTO DE LA RESOLUCIÓN 1843 DE 2025 EN LOS TRABAJADORES SST
Un nuevo marco para los exámenes ocupacionales a partir del 29 de abril.
Por Edgardo Aguilar Hernández Medico SGSST.

Introducción:

Con la reciente derogación de la Resolución 2346 de 2007, que contenía 20 artículos, y la implementación de la nueva Resolución 1843 de 2025, compuesta por 36 artículos, todos los trabajadores del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) se encuentran complacidos con las actualizaciones normativas. Este cambio significativo en la reglamentación de los exámenes ocupacionales y que además redefine las reglas sobre incapacidades, promete un impacto positivo en el ejercicio de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) en todo el territorio nacional, tanto en el sector publico o el privado. La normativa también regula estrictamente los casos en que los trabajadores están expuestos a condiciones de alto riesgo, como el trabajo en alturas, el manejo de sustancias peligrosas o la manipulación de alimentos, para los cuales, las evaluaciones deben incluir pruebas adicionales para garantizar que los empleados cumplan con los estándares de seguridad física y mental. Mi mejor regalo de cumpleaños.

Nueva Normativa de Exámenes Ocupacionales

La Resolución 1843 de 2025 introduce una serie de nuevos requisitos que buscan optimizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Estas incluyen:

     ·     Aumento y especificidad de los artículos: La nueva resolución amplía el número de artículos de 20 a 36, proporcionando un marco más detallado y específico.
·         Evaluación médica ocupacional óptima: Los nuevos requisitos permiten una evaluación más precisa y adecuada de la salud ocupacional de los trabajadores, con el objetivo de garantizar un entorno laboral seguro y saludable.
·         Claridad y agilidad en la atención: Los artículos establecidos ofrecen una mayor claridad en los procedimientos y responsabilidades, facilitando una atención más ágil y eficiente.

Beneficios para los Trabajadores

La implementación de la Resolución 1843 de 2025 trae consigo numerosos beneficios para los trabajadores SST:

    ·         Entorno laboral seguro: La normativa garantiza que los exámenes ocupacionales sean idóneos y pertinentes, lo que contribuye a la creación de un entorno laboral seguro.
·         Mejora en la atención médica: La claridad en los procedimientos y requisitos permite una atención médica más rápida y eficiente, reduciendo tiempos de espera y mejorando la calidad del servicio.
·         Protección integral de la salud: La normativa aborda de manera integral la salud ocupacional, asegurando que se tengan en cuenta todos los aspectos necesarios para la protección de los trabajadores.

¿Qué Cambios deben ajustar las empresas?

  1. Actualizar la Matriz de Requisitos Legales y las nuevas definiciones en su gestión documental. Articulo 3.
  2. Actualizar el Profesiograma con la nueva normativa legal vigente. Articulo 3.
  3. Contar con los Diagnóstico de Condiciones Salud por parte de las IPS aliadas sin costo anualmente. Articulo 20.
  4. Ajustar el Procedimiento de Exámenes Médicos Ocupacionales según los nuevos artículos 8 (Tipos), 9 (Pre-ingreso), 10 (Periódicas: programadas o por cambios de ocupación), 11 (Egreso). (Define claramente en qué momento debe realizarse cada evaluación y quién la autoriza, consultas cada 20 minutos, articulo 4).
  5. Establecer la obligación de realizar un examen médico post incapacidad cuando esta sea igual o mayor a 30 días (Articulo 13), de seguimiento o control (Articulo 14) o exámenes de reintegro por ausencia laboral no medica mayor de 90 días (Articulo 12). 
  6. Establecer el cumplimiento de recomendaciones médicas (Articulo 4), que sean implementadas en un plazo máximo de 20 días hábiles y los Programas de Vigilancia Epidemiológica que deriven de ellas (Articulo 5).
  7. Crear campañas de prevención en temas críticos: alcoholismo, drogadicción, pausas activas. Articulo 7. 
  8. Reitera la prohibición de exigir la práctica de pruebas de embarazo (Articulo 22), virus de inmunodeficiencia humana (VIH, Articulo 23) y serología VDRL como requisito para el ingreso o permanencia en el entorno laboral. Articulo 21. 
  9. Ojo con las sanciones: Multas hasta de 2455 UVT por prácticas discriminatorias como exigir prueba de embarazo sin justificación legal.  "La trabajadora que haya sido obligada a la realización de una prueba de embarazo en contra de lo establecido en este artículo deberá ser contratada para el cargo al cual aspiraba”. Articulo 22. Sustentado en el articulo 241 A, CST.
  10. Se permite la práctica de pruebas de Alcoholemia, Alcoholimetría y sustancias psicoactivas (Articulo 25) en labores de riesgos para terceros. Articulo 24.
  11. Reitera la custodia y confidencialidad de las Historias Clínicas Ocupacionales por las IPS aliadas, con sanciones si las incumplen. Articulo 29, 30, 31. 
  12. Garantizar trazabilidad documental de concepto ocupacionales y su entrega al trabajador.  No utilizar la palabra NO APTO, salvo la contenido en el articulo 2. Articulo 19. 
  13. Se refuerza la atención virtual de los EMO con Telemedicina. Articulo, 4 y 26. 
  14. Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) deben ofrecer asistencia técnica a las empresas para la correcta implementación de los sistemas de vigilancia epidemiológica y la promoción de la salud ocupacional y el incumplimiento por parte de estas organizaciones también acarrea sanciones. Articulo 6. 
  15. El costo de estos EMO y pruebas complementarias son asumidas por el empleador, al igual si requiere desplazamientos (viáticos) y deben ser programados en jornada laboral. Articulo 5 y 26.

Conclusión

La derogación de la Resolución 2346 de 2007 y la implementación de la Resolución 1843 de 2025 marcan un hito en la normativa de salud ocupacional en el país, por fin un cambio significativo por este gobierno. Con estas actualizaciones, se espera que los trabajadores SST experimenten mejoras significativas en la calidad de las evaluaciones médicas ocupacionales, lo que a su vez contribuirá a la creación de entornos laborales más seguros y saludables. La nueva normativa no solo representa un avance en términos de especificidad y claridad, sino que también subraya el compromiso del gobierno con el bienestar de los trabajadores a nivel nacional.

RECORDARLa norma derogó las Resoluciones 2346 de 2007, 1918 de 2009, 1075 de 1992 y 4050 de 1994.
Finalmente, quienes estén sujetos a la resolución, contarán con un plazo de seis meses (7 noviembre 2025) a partir de la entrada en vigencia de la misma para implementar las regulaciones y demás disposiciones contenidas. Así, deberán efectuar los ajustes administrativos, técnicos y operativos que resulten necesarios. Articulo 35.

Artículo 17. Personal responsable de realizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Especialista SGSST con licencia vigente. 
Las evaluaciones médicas ocupacionales deben ser realizadas por médicos especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo, con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a las normas establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social en la materia. Articulo 26. Contratación de los EMOs con IPS o médicos particulares en SGSST.
Resumen de la ARL Seguros Bolívar: ver aquí

FUENTE: RESOLUCION 1843/2025.

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