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jueves, 22 de mayo de 2025

NUEVA LEGISLACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST) 2024 - 2025

NUEVA LEGISLACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST)  2024 - 2025

La matriz legal debe ser actualizada anualmente para reflejar cambios en la normativa SST y asegurar el cumplimiento, Decreto 1072 de 2015, Art. 2.2.4.6.8.

En 2024, la normativa SST en Colombia se mantiene activa con regulaciones como veremos a continuación. Además, se enfatiza la importancia de los planes anuales de SST, como el presentado por el Ministerio de Salud y Protección Social.

  1. Resolución 147 de 29/01/2024: Establece el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al SGRL. 
  2. Plan Anual de SST versión 04 de 31/01/2024: Los planes anuales, como el de Función Pública, son fundamentales para la gestión del sistema de gestión de SST. 
  3. Resolución 1857 de 27/05/2024: Establece los requisitos de SST para el desarrollo de trabajo en calderas (Alto riesgo).
  4. Ley 2365 de 20/06/2024: Establece obligaciones al empleador en prevención del acoso sexual en el ámbito laboral y en las instituciones de educación superior en Colombia y se dictan otras disposiciones.
  5. Resolución 51775 de 22/10/2024: Modifica los requisitos del curso para los conductores de vehículos de carga con mercancías peligrosas.
  6. Resolución 4979 de 07/11/2024: Reglamenta el procedimiento para el registro de instalaciones clasificadas en Colombia.
  7. Resolución 2607 de 20/12/2024: Modifica la política SST, reforzando la gestión institucional y la prevención de lesiones y deterioro de la salud. Modifica el artículo 2 de la Resolución 1905 de 2017, que adopta el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en el Ministerio.

En 2025, se emitieron nuevas disposiciones que refuerzan las obligaciones empresariales en Seguridad y Salud en el Trabajo, enfocadas en prevención, control de riesgos y respuesta ante emergencias. Las principales actualizaciones son: 


  1. Circular 009 de 22/01/2025: Establece el reporte de estándares mínimos SGSST, con plazo para registrar la autoevaluación de 2024.
  2. Decreto 0405 de 01/04/2025: Reglamenta las multas por despido de víctima denunciante de acoso sexual en el contexto laboral.
  3. Resolución 624 de 08/04/2025: Establece la normativa para señalizar correctamente espacios laborales completamente libres de humo de tabaco y aerosoles emitidos por sus sucedáneos e imitadores.
  4. Circular 045 de 22/04/2025: Determina estrategias de intervención y promoción para la gestión de riesgos ante brotes de enfermedades como la fiebre amarilla, reforzando las medidas de salud preventiva en los centros de trabajo.
  5. Circular 046 de 22/04/2025: Establece medidas sanitarias, orden y limpieza en el sector minero con enfoque de género.
  6. Circular 047 de 22/04/2025: Obliga a realizar cada tres años una formación virtual de 20 horas sobre el SG-SST, asegurando que el personal mantenga sus conocimientos actualizados en seguridad y salud en el trabajo.
  7. Resolución 1843 de 29/04/2025: Regula la realización de exámenes médicos laborales, así como la aplicación de pruebas de embarazo y detección de consumo de sustancias psicoactivas dentro del entorno empresarial.
  8. Resolución 1890 de 02/05/2025: Define el procedimiento oficial para reportar accidentes graves e incidentes asociados al manejo de sustancias peligrosas, en concordancia con el Decreto 1347 de 2021.
  9. Resolución 908 de 15/05/2025: Establece los requisitos y el procedimiento para la expedición, renovación y cambios de la licencia de seguridad y salud en el trabajo.

"Revisar y actualizar la normativa en SST fortalece la seguridad y el cumplimiento legal..."

CIBERGRAFÍA

      1.       https://www.facebook.com/photo?fbid=1001975302047292&set=a.399056962339132
2.       https://safetya.co/

viernes, 9 de mayo de 2025

IMPACTO DE LA RESOLUCIÓN 1843 DE 2025 EN LOS TRABAJADORES SST

IMPACTO DE LA RESOLUCIÓN 1843 DE 2025 EN LOS TRABAJADORES SST
Un nuevo marco para los exámenes ocupacionales a partir del 29 de abril.
Por Edgardo Aguilar Hernández Medico SGSST.

Introducción:

Con la reciente derogación de la Resolución 2346 de 2007, que contenía 20 artículos, y la implementación de la nueva Resolución 1843 de 2025, compuesta por 36 artículos, todos los trabajadores del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) se encuentran complacidos con las actualizaciones normativas. Este cambio significativo en la reglamentación de los exámenes ocupacionales y que además redefine las reglas sobre incapacidades, promete un impacto positivo en el ejercicio de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) en todo el territorio nacional, tanto en el sector publico o el privado. La normativa también regula estrictamente los casos en que los trabajadores están expuestos a condiciones de alto riesgo, como el trabajo en alturas, el manejo de sustancias peligrosas o la manipulación de alimentos, para los cuales, las evaluaciones deben incluir pruebas adicionales para garantizar que los empleados cumplan con los estándares de seguridad física y mental. Mi mejor regalo de cumpleaños.

Nueva Normativa de Exámenes Ocupacionales

La Resolución 1843 de 2025 introduce una serie de nuevos requisitos que buscan optimizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Estas incluyen:

     ·     Aumento y especificidad de los artículos: La nueva resolución amplía el número de artículos de 20 a 36, proporcionando un marco más detallado y específico.
·         Evaluación médica ocupacional óptima: Los nuevos requisitos permiten una evaluación más precisa y adecuada de la salud ocupacional de los trabajadores, con el objetivo de garantizar un entorno laboral seguro y saludable.
·         Claridad y agilidad en la atención: Los artículos establecidos ofrecen una mayor claridad en los procedimientos y responsabilidades, facilitando una atención más ágil y eficiente.

Beneficios para los Trabajadores

La implementación de la Resolución 1843 de 2025 trae consigo numerosos beneficios para los trabajadores SST:

    ·         Entorno laboral seguro: La normativa garantiza que los exámenes ocupacionales sean idóneos y pertinentes, lo que contribuye a la creación de un entorno laboral seguro.
·         Mejora en la atención médica: La claridad en los procedimientos y requisitos permite una atención médica más rápida y eficiente, reduciendo tiempos de espera y mejorando la calidad del servicio.
·         Protección integral de la salud: La normativa aborda de manera integral la salud ocupacional, asegurando que se tengan en cuenta todos los aspectos necesarios para la protección de los trabajadores.

¿Qué Cambios deben ajustar las empresas?

  1. Actualizar la Matriz de Requisitos Legales y las nuevas definiciones en su gestión documental. Articulo 3.
  2. Actualizar el Profesiograma con la nueva normativa legal vigente. Articulo 3.
  3. Contar con los Diagnóstico de Condiciones Salud por parte de las IPS aliadas sin costo anualmente. Articulo 20.
  4. Ajustar el Procedimiento de Exámenes Médicos Ocupacionales según los nuevos artículos 8 (Tipos), 9 (Pre-ingreso), 10 (Periódicas: programadas o por cambios de ocupación), 11 (Egreso). (Define claramente en qué momento debe realizarse cada evaluación y quién la autoriza, consultas cada 20 minutos, articulo 4).
  5. Establecer la obligación de realizar un examen médico post incapacidad cuando esta sea igual o mayor a 30 días (Articulo 13), de seguimiento o control (Articulo 14) o exámenes de reintegro por ausencia laboral no medica mayor de 90 días (Articulo 12). 
  6. Establecer el cumplimiento de recomendaciones médicas (Articulo 4), que sean implementadas en un plazo máximo de 20 días hábiles y los Programas de Vigilancia Epidemiológica que deriven de ellas (Articulo 5).
  7. Crear campañas de prevención en temas críticos: alcoholismo, drogadicción, pausas activas. Articulo 7. 
  8. Reitera la prohibición de exigir la práctica de pruebas de embarazo (Articulo 22), virus de inmunodeficiencia humana (VIH, Articulo 23) y serología VDRL como requisito para el ingreso o permanencia en el entorno laboral. Articulo 21. 
  9. Ojo con las sanciones: Multas hasta de 2455 UVT por prácticas discriminatorias como exigir prueba de embarazo sin justificación legal.  "La trabajadora que haya sido obligada a la realización de una prueba de embarazo en contra de lo establecido en este artículo deberá ser contratada para el cargo al cual aspiraba”. Articulo 22. Sustentado en el articulo 241 A, CST.
  10. Se permite la práctica de pruebas de Alcoholemia, Alcoholimetría y sustancias psicoactivas (Articulo 25) en labores de riesgos para terceros. Articulo 24.
  11. Reitera la custodia y confidencialidad de las Historias Clínicas Ocupacionales por las IPS aliadas, con sanciones si las incumplen. Articulo 29, 30, 31. 
  12. Garantizar trazabilidad documental de concepto ocupacionales y su entrega al trabajador.  No utilizar la palabra NO APTO, salvo la contenido en el articulo 2. Articulo 19. 
  13. Se refuerza la atención virtual de los EMO con Telemedicina. Articulo, 4 y 26. 
  14. Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) deben ofrecer asistencia técnica a las empresas para la correcta implementación de los sistemas de vigilancia epidemiológica y la promoción de la salud ocupacional y el incumplimiento por parte de estas organizaciones también acarrea sanciones. Articulo 6. 
  15. El costo de estos EMO y pruebas complementarias son asumidas por el empleador, al igual si requiere desplazamientos (viáticos) y deben ser programados en jornada laboral. Articulo 5 y 26.

Conclusión

La derogación de la Resolución 2346 de 2007 y la implementación de la Resolución 1843 de 2025 marcan un hito en la normativa de salud ocupacional en el país, por fin un cambio significativo por este gobierno. Con estas actualizaciones, se espera que los trabajadores SST experimenten mejoras significativas en la calidad de las evaluaciones médicas ocupacionales, lo que a su vez contribuirá a la creación de entornos laborales más seguros y saludables. La nueva normativa no solo representa un avance en términos de especificidad y claridad, sino que también subraya el compromiso del gobierno con el bienestar de los trabajadores a nivel nacional.

RECORDARLa norma derogó las Resoluciones 2346 de 2007, 1918 de 2009, 1075 de 1992 y 4050 de 1994.
Finalmente, quienes estén sujetos a la resolución, contarán con un plazo de seis meses (7 noviembre 2025) a partir de la entrada en vigencia de la misma para implementar las regulaciones y demás disposiciones contenidas. Así, deberán efectuar los ajustes administrativos, técnicos y operativos que resulten necesarios. Articulo 35.

Artículo 17. Personal responsable de realizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Especialista SGSST con licencia vigente. 
Las evaluaciones médicas ocupacionales deben ser realizadas por médicos especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo, con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a las normas establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social en la materia. Articulo 26. Contratación de los EMOs con IPS o médicos particulares en SGSST.
Resumen de la ARL Seguros Bolívar: ver aquí

FUENTE: RESOLUCION 1843/2025.

viernes, 2 de mayo de 2025

MECANISMOS DE ACCIÓN DE LOS HIPOLIPEMIANTES

MECANISMOS DE ACCIÓN DE LOS HIPOLIPEMIANTES

DISMINUCIÓN DEL PERFIL LIPÍDICO

Los hipolipemiantes son una clase de fármacos utilizados para reducir los niveles de lípidos en sangre, como el colesterol y los triglicéridos. Estos tratamientos deben seleccionarse siguiendo las guías clínicas, como las de la Sociedad Europea de Cardiología (ESC) o la Asociación Americana del Corazón (AHA), con el objetivo de individualizar el tratamiento según el perfil de riesgo cardiovascular de cada paciente. Recientemente, han surgido nuevas dianas terapéuticas en el campo de los fármacos hipolipemiantes que pueden ayudar a la consecución de los objetivos terapéuticos recomendados por las guías de práctica clínica y, por consiguiente, reducir la incidencia de eventos vasculares adversos.  Tres de cada cuatro 4 infartos se pueden controlar mediante un seguimiento de los factores de riesgo
Una modificación agresiva de todas estas variables patológicas podrá, eventualmente disminuir su riesgo de hacer un infarto miocárdico o cerebral en el inmediato futuro. Si no logramos detectar oportunamente esta mortal colección de factores de riesgo y dicho trabajador termina en evento coronario agudo (angina, infarto o muerte súbita cardíaca con recuperación), procederemos a manejar más agresivamente los factores que le llevaron a la crisis, para que no repita una nueva catástrofe vascular, en este punto estamos haciendo prevención secundaria y lo importantes es hacer prevención primaria para evitar que el evento ocurra, para darles una mejor calidad de vida a futuro. 
La dislipidemia es la elevación anormal de concentración de grasas en la sangre (colesterol, triglicéridos, colesterol HDL y LDL) que aumentan el riesgo de ateroesclerosis cardiopatía, ictus e hipertensión en la vida del paciente. A continuación, se describen los principales mecanismos de acción de los hipolipemiantes.

ESTATINAS

Las estatinas son los fármacos más utilizados para reducir los niveles de colesterol LDL. Actúan inhibiendo la enzima HMG-CoA reductasa, que es crucial en la síntesis de colesterol en el hígado. Al reducir la producción de colesterol, el hígado aumenta la captación de LDL de la sangre, lo que disminuye significativamente las niveles de colesterol LDL.  Inhibidores de Hidroxi Metil Glutaril Co-A Reductasa (HMG CoA): Atorvastatina, Lovastatina, Pravastatina, Rosuvastatina, etc. La atorvastatina (56%) y la simvastatina (24%), seguida de la rosuvastatina (12%) son las más formuladas. Nunca se debe tomar estatinas en Embarazo o Lactancia. Ojo con la dosis en insuficiencia hepática, menor dosis y mayor control analítico.

INHIBIDORES DE LA ABSORCIÓN DE COLESTEROL

Los inhibidores de la absorción de colesterol, como el ezetimibe, funcionan bloqueando la absorción del colesterol en el intestino. Al reducir la cantidad de colesterol que entra en el torrente sanguíneo desde el intestino, disminuyen los niveles generales de colesterol en la sangre.

FIBRATOS

Los fibratos, como el gemfibrozil, ciprofibrato y el fenofibrato, son efectivos para reducir los niveles de triglicéridos. Estos fármacos activan o aumentan la enzima lipoproteína lipasa, que aumenta la degradación de las partículas de triglicéridos y reducen la producción de apoproteína C-III, que influye en el metabolismo de los triglicéridos. También pueden aumentar modestamente los niveles de colesterol HDL y reducir los niveles de colesterol LDL. 

RESINAS DE INTERCAMBIO IÓNICO

Las resinas de intercambio iónico, como la colestiramina, se combinan con los ácidos biliares en el intestino, impidiendo su reabsorción. Esto obliga al hígado a usar más colesterol para producir nuevos ácidos biliares, reduciendo así los niveles de colesterol en sangre. Otros secuestradores de los ácidos biliares son Colestipol, Colesevalam.

INHIBIDORES DE PCSK9

Los inhibidores de PCSK9, como el evolocumab y el alirocumab, son anticuerpos monoclonales que bloquean la acción de la proteína PCSK9. Esta proteína reduce la capacidad del hígado para eliminar el colesterol LDL de la sangre. Al inhibir PCSK9, estos fármacos aumentan la eliminación de LDL del torrente sanguíneo, reduciendo significativamente los niveles de colesterol LDL.

ÁCIDOS GRASOS OMEGA-3

Los ácidos grasos omega-3, como el ácido eicosapentaenoico (EPA) y el ácido docosahexaenoico (DHA), son utilizados principalmente para reducir los niveles de triglicéridos. Estos ácidos grasos disminuyen la producción de triglicéridos en el hígado y aumentan su eliminación. Hay una combinación de ácidos grasos 3,6 y 9 muy útil para mejorar los niveles altos de lípidos en sangre.

TRATAMIENTOS EN ENFERMEDADES GENÉTICAS

Algunos hipolipemiantes tienen indicaciones específicas en enfermedades genéticas concretas. Por ejemplo, la lomitapida y el mipomersen están indicados para el tratamiento de la hipercolesterolemia familiar homocigótica, una condición genética rara que causa niveles extremadamente altos de colesterol LDL.

CAMBIOS EN EL ESTILO DE VIDA

El primer paso en el tratamiento para reducir el perfil lipídico debe ser cambios en el estilo de vida. Esto incluye una dieta equilibrada y rica en frutas, verduras, granos enteros y pescado, así como la realización de ejercicio físico regular. Estos cambios pueden reducir significativamente los niveles de lípidos en sangre y mejorar la salud cardiovascular general.

Si los cambios en el estilo de vida no son suficientes, estos deben combinarse con tratamientos farmacológicos según sea necesario, siguiendo las recomendaciones de las guías clínicas para asegurar un enfoque personalizado y efectivo para cada paciente.

RECORDAR: Para elegir el mejor hipolipemiante se necesita tipificar el tipo de dislipidemia a tratar, la edad, los factores de riesgos CV presentes y la seguridad terapéutica necesaria (ojo con las combinaciones y la regla del 6%). El uso de estatinas y fibratos puede tener efectos hepatotóxicos o miotóxicos, sobre todo con gemfibrozil.  Los hábitos alimenticios higiénicos y nutricionales saludables es el primer paso para lograr una salud cardiovascular optima. 

FUENTE: IA

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