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martes, 4 de enero de 2022

Trabajo en Alturas: Principales cambios de la nueva Resolución 4272 de 2021 (27dic)

Principales cambios de la nueva Resolución 4272 de 2021 (27dic) - Trabajo en Alturas.

          Requisitos mínimos de seguridad para el desarrollo de trabajos en alturas y lo concerniente con la capacitación y formación de los trabajadores y aprendices en los centros de entrenamiento de Trabajo en Alturas de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. 

Principales cambios:

  1.       Se considera trabajo en alturas toda actividad que se realice a partir de 2 mts.

2.       Se amplían los aspectos que deben incluirse en el programa de protección contra caídas.

3.       Se definen unos roles, responsabilidades y perfiles dentro del programa de protección contra caídas.

4.       La vigencia del certificado de competencia laboral en ningún momento exime al trabajador de realizar los reentrenamientos para conservar su calidad de trabajador autorizado. Este documento será propiedad del trabajador como constancia de los conocimientos, y desarrollado por el oferente.

5.       Administrador del programa de protección de caídas debe ser un profesional, especialista o magister en SST, Licencia vigente en seguridad y salud en el trabajo. Curso de nivel coordinador de trabajo en alturas. Curso de 50 horas en SST y/o 20 horas.

6.       Coordinador de trabajo en alturas debe contar con curso de 50 horas en SG-SST y/o 20 horas, además del curso de coordinador de trabajos en altura.

7.       Se incluye otros requisitos de acuerdo a los roles en el programa de capacitación.

8.       Se elimina el curso básico operativo y solo queda el básico administrativo de 8 horas.

9.       Curso de jefes de área mínimo 8 horas, coordinador de trabajo en alturas mínimo 80 horas

10.   El curso de nivel avanzado ahora, es trabajador autorizado y es de 32 horas, antes era de 40.

11.   Curso de entrenador para trabajo seguro en alturas es ahora mínimo de 130 horas.

12.   Nuevo: El Permiso de Trabajo en Altura es un procedimiento integral (inspecciones preoperacionales, procedimiento, lista de chequeo de los procedimientos, formato de PT y Análisis de Peligros por Actividad, tiene 18 puntos) ajustado a las necesidades del tipo de economía que maneje la empresa, ya no es un simple formato.

13.   En el Permiso de Trabajo debe incluirse el nombre y firma de la persona encargada de activar plan de emergencia y del coordinador de alturas. Lleva la firma del trabajador asignado.

14.   Se debe hacer Análisis de Trabajo Seguro (ATS) siempre.

15.   Nuevo: Análisis de otros peligros:  las actividades o trabajos a ejecutar en donde se hayan identificado los peligros y evaluado todos los riesgos asociados a las tareas realizadas en alturas, teniendo en cuenta los peligros que puedan presentarse para realizar una gestión integral de los mismos.

16.   Medidas Colectivas de Prevención: Actualizado el manejo de desniveles, al igual que el control de superficies con huecos o aberturas.

17.   Nuevo: Lineamientos de uso de escaleras verticales fijas. Las escaleras que sean utilizadas para trabajo seguro en alturas deberán contar con las certificaciones y sistemas de protección de caídas que se ajusten a estas, sobre el particular dispongan las respectivas comisiones de seguridad y salud en el trabajo por sector económico del Ministerio de Trabajo las cuales serán emitidas conforme a la actividad económica de cada comisión.

18.   Actualización de los trabajos en suspensión: Los planos inclinados mayor a 45°, por su grado de inclinación se considera un trabajo en suspensión, por lo que deberán cumplir con los lineamientos establecidos en este artículo y que permita al trabajador desarrollar los desplazamientos controlados y de forma segura

19.   Se establece autorización y uso para el uso de pretales como última opción para acceso a postes y con previa autorización del Administrador del programa de prevención y protección contra caídas de altura.

20.   Los Puntos de Anclajes de Restricción deben resistir 1000 lb o certificados por una persona calificada de resistir el doble de la fuerza prevista. Las Lineas de vida deben estar entre 11 y 16 mm.

21.   Los Sistemas de Posicionamiento deben soportar mínimo 3000 lb (13,3 kilo newtons — 1.356 kgf) antes 5000 lb.

22.   La red de detención de escombros debe ser diferente a la de detención de personas, y cumplir con las especificaciones de instalación, uso, inspección y mantenimiento del fabricante.

23.   Reglamenta el uso de los EPP incluyendo hoja de vida, inspecciones etc.

24.   Reglamenta la atención de emergencias y simulacros. Numeral 12 del artículo 2.2.4.6.12 y el articulo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015.

25.   Se debe reportar a la ARL el personal que se ha entrenado.

26.   El curso de reentrenamiento ahora será cada 18 meses, tendrá una duración de 8 horas:  20% de teoría y 80% de práctica. Requisitos trabajadores certificado, habiendo laborado en la misma empresa sin cambio en su actividad en los 18 meses, el curso debe llevar el NOMBRE DE LA EMPRESA (más costo para las empresas). Cambio de empleador implica reentrenamiento inmediato.

27.   El coordinador de alturas debe actualizar el curso, para ello se expediría una nueva resolución el próximo año.

28.   Nuevo: Casos especiales. Cuando para un sector o actividad económica se demuestre que uno o varios aspectos contenidos en el Titulo II. Capítulo II y Capítulo V de la presente resolución no pueden ser aplicados, se diseñarán guías técnicas especializadas enfocadas en brindar la seguridad necesaria y equivalente en los aspectos específicos que no se pueden cumplir, sin perjuicio del cumplimiento de las demás disposiciones descritas en la presente resolución.

29.   Estas guías podrán ser desarrolladas tanto por las Administradoras de Riesgos Laborales, los gremios, las comisiones sectoriales y en todo caso, requerirán la revisión y aprobación de la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo.

30.   Esta norma deroga: El 1409 del 2012, la 1903 del 203, la 3368 del 2014, la 1178 del 2017, y la 1248 del 2020.

31.   La Resolución establece una transición desde la Resolución 1409 de 2012, la cual quedará definitivamente derogada a los 6 meses de la publicación de la R4272/21 en el Diario Oficial.

Desarrollo de actos lúdicos o artísticas.

NOTA:  SISTEMA DE RESTRICCIÓN:

Deben contar con anclaje(s) capaces de soportar una fuerza mínima de 1.000 libras por persona conectada (4,5 kilo newtons 459 kgf) o si están diseñados por una persona calificada, como parte de un sistema completo de restricción plenamente identificado, deben ser capaces de soportar la fuerza estática equivalente al doble de la fuerza prevista. Su ubicación y diseño evita que el trabajador se acerque al borde garantizando como mínimo una distancia de 60 cm entre el borde y el trabajador.

La presente resolución comenzara a regir a partir del 28 de junio de 2022. Tiempo en el cual las empresas, empleadores, contratistas y demás partes interesadas en el tema, podrán hacer la transición y realizarán la implementación o ajustes pertinentes para su cumplimiento.

¿El Ministerio del Trabajo ha realizado aclaraciones sobre la Resolución 4272 de 2021?

Si, el Ministerio del Trabajo ha publicado dos documentos, en los cuales aclara algunos aspectos del trabajo en alturas.

  1. Circular 036 de 2022 aclara aspectos sobre el reentrenamiento y la capacitación en trabajo en alturas en Colombia.
  2. Concepto 08SE2022220100000038651 de 2022 sobre contratistas y empresas en misión con trabajo en alturas.

PARA MAS INFORMACIÓN: 

lunes, 13 de septiembre de 2021

Discromatopsias en Salud Ocupacional

DISCROMATOPSIAS Y CONDUCTORES

Sabias que los bebes nacen ciegos al color. 

Para poder tener buenos reflejos, es indispensable tener una visión ágil y eficaz.
1 de cada 12 hombres es daltónico. 
El ojo es el segundo órgano mas complejo después del cerebro.
Sabias que los perros son dicromatico, por lo tanto son Daltonicos.
La dificultad que tienen los daltonicos es en la combinación de su vestimenta, en la niñez y su juventud, hasta que se amoldan en la adultez.

El espectro visible para el ser humano se encuentra entre la luz violeta y la luz roja y se estima que los humanos pueden distinguir hasta 10 millones de coloresInvestigadores estiman que hasta un 12 % de las mujeres tienen 4 tipos de conos distintos en vez de 3, lo que les permite poder percibir una cantidad de colores 100 veces superior a quienes solo tienen 3.

El 90% de la información que recibimos llega a través de los ojos. Sólo en carretera, se toman cerca de 15 decisiones por cada kilómetro recorrido. El 6.4% de los conductores españoles son daltonicos.

¿QUE ES LA DISCROMATOPSIA?

Es una alteración en la percepción de los colores. Tener en cuenta: La facultad de percibir el color en un ojo normal disminuye con niveles de iluminación bajos y el ruido y las vibraciones prolongadas pueden alterar la sensibilidad cromática. 
Ayuda a identificar las señales de tránsito y las luces de los frenos. La visión del color: el conductor debe presentar policromacia normal, solo advertencia para conducir, si esta alterada. Resolución 0217 de 2014. Anexo técnico (ver figura).

  • La dicromasia o visión de dos grupos de colores es la más frecuente. Un grupo de amarillo pardo y azul. Otro grupo de rojo y verde. Las mezclas de estos tres colores primarios dan lugar los 200 tonos diferentes que el ojo es capaz de percibir.
  • Cuando existe una incapacidad completa al reconocimiento de la tabla cromática se denomina acromatopsia, la cual es muy rara, distingue cambios entre negro y blanco (gama de grises).

CASO: Paciente con 30 años conduciendo transporte público ultima renovación de licencia hace 5 meses sin restricciones, se recibe el paciente ayer el cual reporta alteración visual al verde  se remite al oftalmológo el cual confirma la alteración pero su conclusión fue definir aptitud laboral médico especialista en salud laboral. Se recomienda conducir con lentes con filtros por patología al color. Seguir control de oftalmología cada 6 meses.  Valoración por optometría anual por su EPS.

INCIDENCIA:

Las alteraciones del sentido cromático de nacimiento o discromatopsias congénitas afectan a casi un 8% de los varones; al ser un defecto hereditario recesivo ligado al sexo (cromosoma X), las mujeres discrómatas son muy pocas, por tener dos cromosomas XX, en los hombres por tener un solo cromosoma XY, la probabilidad de tener esta anomalía es mayor. Se dice que el 5% de las mujeres la poseen, en comparación con el 15% en los hombres.
El daltonismo es un fallo o defecto en los genes que producen los pigmentos de los conos. Existen tres tipos de conos:

  • Tipo L: sensibles a longitudes de onda larga (color rojo)
  • Tipo M: sensibles a longitudes de onda mediana (color verde)
  • Tipo S: sensibles a longitudes de onda corta (color azul)

Según la OMS, más de un millón de personas mueren al año en todo el mundo a causa de un accidente de tráfico. Si tenemos en cuenta que el 80% de los trastornos visuales se pueden prevenir o curar, muchas de estas muertes podrían evitarse.

Los últimos estudios arrojan que, al 40% de los conductores no les resulta seguro conducir de noche.

CLASIFICACIÓN: DOS TIPOS, POR SU ORIGEN.

a.       Las congénitas, llamadas también daltonismo. El daltonismo puro es raro siendo más frecuente la protanopía (rojo). Estos conductores no perciben bien las luces traseras y de freno.

Suelen ser bilaterales y simétricas, el resto de funciones visuales suelen estar conservadas, la alteración suele ser estable en el tiempo y el defecto más frecuente es el rojo-verde.

Se clasifican según el color afectado: 

b.      Las adquiridas son multifactoriales.

Existen discromatopsias adquiridas en neuropatías ópticas (daños en la macula) y en situaciones transitorias por el efecto de diversos fármacos como el ácido acetilsalicílico, los preparados digitálicos, los diuréticos tiazídicos, el etambutol, la fenacetina, algunos antibióticos, tóxicos y drogas como el cannabis. El ruido y las vibraciones prolongadas pueden alterar la sensibilidad cromática. Tener presente la degeneración macular asociada a la edad.

Suelen ser asimétricas, se asocian a otras alteraciones funcionales más allá de la percepción de los colores anómala y suelen afectar a los ejes rojo-verde y azul-amarillo. 

DIAGNOSTICO:

Existe una variada amalgama de test específicos de la visión cromática.

a.       Test de Ishihara. Laminas en numero de 21, con numero de colores

b.       Test de Farnsworth. Discos donde se debe de ordenar en función del color y la tonalidad. Es el test más sensible para poder clasificar y medir el grado de severidad de la discromatopsia.

El daltónico parcial no distingue los colores, pero aprecia diferencias luminosas entre ellos, lo que les permite distinguir las señales siempre que haya suficiente iluminación.
El conductor sabe que en los semáforos el rojo está arriba y el verde abajo, pero cuando los colores aparecen fuera de contexto, es cuando se puede confundir y cometer errores. Puede empeorar la situación con el uso de gafas de sol con cristales de color inadecuado.
Los colores de los vehículos que mejor se ven son los blancos, ocres y marfil claro (68-88% de percepción). Los grises, pardos y verdes se ven peor (19-28% de percepción). Los que más cuesta ver son los rojos, los negros y los verdes y azules oscuros (4-10% de percepción).
De noche, las señales reflectantes rojas son las que mejor alertan de la presencia de obstáculos.

Consejo sobre atención visual

Se recomienda el aprendizaje de nuevas estrategias de compensación en conductores con una reducción del “campo atencional”, muy frecuente en personas mayores que además no son conscientes de su pérdida de visión. Se ha demostrado que los conductores con una reducción mayor del 40% del “campo atencional” tienen un riesgo relativo de accidentalidad seis veces superior a los conductores que lo tienen dentro de los límites normales. A mayor velocidad, se amplia el campo atencional para poder evitar un accidente.

Consejo sobre percepción de los colores y daltonismo (Fiundación MAFRE)

  • Los profesionales sanitarios deben ejercer un papel primordial en la prevención de la accidentalidad del tráfico en las personas con trastornos visuales.
  • La exploración del sentido cromático es muy importante, por lo que el conductor debe conocer su efecto, para que tome sus precauciones, especialmente en casos de niebla, lluvia y falta de luz.
  • Existen algunos medicamentos que pueden producir dicromatopsia, por lo que es importante conducir con luz y con buenas condiciones climatológicas.1
  • Cuando compremos un vehículo es preferible que escojamos el color blanco, ocre y marfil claro, por la seguridad de ser mejor vistos por la noche.
  • Se recomienda a los conductores con alteración en la percepción de los colores el uso de gafas de sol con los cristales del color adecuado a su caso.
  • El conductor con alteración del sentido cromático debe conducir con luz, evitando la conducción nocturna. Si tiene que viajar de noche es recomendable que lo haga en el asiento del acompañante por su seguridad y la de los demás.
  • Se aconseja el aprendizaje de nuevas estrategias de compensación en conductores con reducción del campo de atención visual, muy frecuente en personas de edad avanzada que han perdido facultades progresivamente y no son conscientes de ello.

 ¿QUE OTROS TRABAJOS SE NECESITA UN BUENA VISIÓN DE COLORES?

Es de anotar que en seguridad industrial se manejan los códigos de colores internacionalmente aceptado para la señalización en las empresas; es por ello que las señales de evacuación son en color verde, lo que indica seguridad ... por ejemplo: si un trabajador no ve las flechas de la ruta de evacuación en un caso emergencia no sabría hacia donde ir...es por ello que ya se está trabajando en el uso de pictogramas y no sólo el uso del código de colores. En que otros casos las discromatopsias interfieren con las aptitudes para puestos de trabajo que requieran capacidad para distinguir los colores con precisión (habilidad cromática):

  1. Ingenieros en Armada, Fuerza Aérea o Naval
  2. Aviación civil: pilotos, mecánicos e ingenieros
  3. Control de tráfico aéreo
  4. Marina mercante: marineros y oficiales
  5. Ferrocarriles: mecánicos y conductores de tren
  6. Transporte público: conductores de autobuses
  7. Inspector aduanero
  8. Bomberos
  9. Electricistas y técnicos electricistas (cables codificados por colores)
  10. Técnicos en laboratorios
  11. Determinados puestos en la industria textil, gráfica, farmacéutica, fotografía y pintura
  12. Trabajos donde se seleccionan frutas, verduras o carnes
  13. Trabajos de geología, cartografía y química.
  14. Trabajos de alto riesgo como trabajos en altura, espacios confinados, etc., depende del grado de lesión de la discromatopsia.

Para mas información sobre restricciones visuales en trabajos en alturas, ver el siguiente link:  https://edaguilarocupacional.blogspot.com/2021/07/trabajos-en-altura-consideraciones.html

¿TIENE ALGUN TRATAMIENTO UN DALTONICO QUE QUIERA TRABAJAR EN PROFESIONES PROHIBIDAS PARA ELLOS?

Según la aplicación de los médicos ocupacionales en Colombia es uno de los impedimentos para trabajos en altura las deficiencias severas en la percepción de colores. Te aconsejo identificar el grado de severidad de la percepción de colores con un test recomendado para esto es el Farnsworth, hay algunos problemas no severos de percepción de colores que pueden ser corregidos con filtros de colores (permiten modificar la longitud de onda) y podrían emplearse para corregir este trastorno visual, para ayudar en esta discapacidad visual parcial.

El daltonismo es un fallo o defecto en los genes que producen los pigmentos de los conos. Aplicando el test de Ishihara o el test de Farnsworth previamente, que es la prueba más común para detectar defectos en la visión de los colores rojo y verde. Las gafas y lentes de contactos con filtros rojos para ambos ojos son la mejor opción para daltonismo de los tipos discromatopsia (la más común es el rojo y verde) y protanomalía (rojo), para poder realizar sus labores que requieran de la discriminación de colores. Aunque los lentes color purpura son los que mejor se venden para los daltónicos en España. https://cuidatuvista.com/gafas-daltonismo-colores/

Los filtros de color para daltónicas se distribuyen en algunas ópticas, y es mejor consultar con un profesional de la visión calificado y autorizado en la adaptación de estos filtros. No son una cura para el daltonismo, pero benefician a adultos, adolescentes y niños de diferentes maneras, que incluyen:

  • Permitir que los profesionales pasen la Prueba de Placa de Color Ishihara.
  • Reducir los desafíos académicos asociados con daltonismo.
  • Mejorando la calidad de los deportes y otras actividades recreativas.
  • Mejorando el disfrute de las artes, los medios y el medio ambiente, como un todo.
  • Mejorando la discapacidad cromática, para aliviar la baja autoestima, la frustración y la ansiedad.
Se estima que los filtros son efectivos para 4 de 5 casos (80%) de deficiencia de visión de color rojo-verde. Se recomienda a los posibles usuarios que realicen la prueba de visión en color para evaluar la probabilidad de eficacia.

Tener Presente: No existen lentes específicos para el daltonismo. Hay diferentes alteraciones de la percepción de colores y se pueden utilizar filtros específicos para el tipo de alteración que usted posea, sobre todo para los tipos no severos.
Las gafas promocionadas como gafas para daltonismo no han sido diseñadas para tal fin, sino para ver las venas del cuerpo y facilitar procedimientos quirúrgicos, este tipo de lentes afecta la visión de colores, y no esta evaluado ni autorizado para el uso en la vida diaria de pacientes con daltonismo, pues lo que hace es modificar las características de los colores para que algunos no visibles puedan ser percibidos, pero los otros colores pasan desapercibidos como el color amarillo, por lo que no seria fácil por el momento su uso diario. 

Conclusión:
Las discromatopsias son un tema de relativa trascendencia, toda vez que aun los daltónicos, pueden laborar en alturas, por cuanto aprenden a distinguir señales de seguridad y/o de alarma, bien sea por la lectura del aviso, o por la figura como tal y no tanto, por el color, aunque ello sea importante. Al igual que los conductores en Colombia, solo las severas (Resolucion 2017 de 2014). Por esto, no son sujetos de restricción absoluta, sino que se debe informar según el caso y el concepto del oftalmólogo, el tipo de alteración al empleador, para efectos de definir in situ, si su alteración es o no relevante para el oficio especifico. En otra profesiones como los eléctricos, los diseñadores gráficos y textiles podrían ser absolutas, la esperanza seria contar con normas técnicas especiales de numeración de colores en los cables, graficas y textiles, además del uso de gafas para disminuir esta discapacidad.

CIBERGRAFÍA

  1. https://www.barraquer.com/patologia/discromatopsias
  2. https://icrcat.com/vision-en-color-ojo-humano/
  3. https://www.todo-mail.com/content.aspx?emailid=5370
  4.  https://www.orsovisionopticas.com/blog/el-estado-de-la-vision-de-los-conductores
  5. https://www.fundacionmapfre.org/media/educacion-divulgacion/seguridad-vial/movilidad-segura-salud/temas-clinicos-conduccion-segura/vista-oido-piel/vista-atencion-visual-conduccion.pdf
  6. https://www.fundacionmapfre.org/educacion-divulgacion/seguridad-vial/movilidad-segura-salud/temas-conduccion-segura/vista-oido-piel/colores-daltonismo/
  7. https://www.bombicino.com.ar/home/novedades/3814-2/
  8. https://repository.ces.edu.co/bitstream/10946/1911/2/Guia_Evaluacion_trabajador.pdf 
  9. https://www.doctoralia.co/preguntas-respuestas/los-lentes-para-el-daltonismo-donde-se-pueden-conseguir-ys-qie-por-este-problema-en-ningun-trabajo-s 
  10. https://optometristas.org/tratamiento-del-daltonismo

viernes, 3 de septiembre de 2021

LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA: SG-SST

 LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA: SG-SST

                             “Lo que no se mide con hechos y datos no puede mejorarse”

Por Edgardo Aguilar Hernández. Medico SGSST. 2022

Sabias que los exámenes periódicos son requisitos de ley, velar como trabajadores por este requisito, es también responsabilidad tuya. Tu familia te lo agradecerá.

La OMS define la Salud Ocupacional como una actividad que abarca diversas áreas y cuyo objetivo es promover y proteger la salud de los trabajadores, ya sean directos con las empresas o contratados por ellos o por un tercero.  Esto a debido a que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), nos recalca que todos los años mueren alrededor de 2 millones de personas por enfermedades y accidentes laborales y por eso, su eslogan es: “TRABAJO DIGNO, ES TRABAJO SEGURO”

Con el Articulo 1, Ley 1562 de 2012., el Ministerio de Trabajo cambió la denominación del término salud ocupacional a Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG_SST), por eso es que, de ahora en adelante, todos los trabajadores debemos adoptar esta nueva terminología.
Anteriormente, el término salud ocupacional hacía énfasis a la salud del trabajador, con la nueva denominación se tienen en cuenta dos factores importantes: la salud y la seguridad del trabajador en su sitio de trabajo.

La salud ocupacional, como actividad multidisciplinaria, está enfocada en controlar los riesgos y disminuir enfermedades y accidentes laborales. El Estado colombiano, goza de una normatividad legal amplia con respeto a la salud ocupacional (ver tabla), como ya sabemos llamada Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo (SG-SST), desde el decreto único reglamentario del sector trabajo número 1072 de 2015 Libro 2, Parte 2, Titulo 4, Capitulo 6de obligatorio cumplimiento desde 31 de enero de 2017, donde se especifica en cada uno de sus artículos, los distinto reglamentos o normas tendientes a la prevención y conservación de la salud de los trabajadores, así sea de un solo trabajador o más de dos o muchos, en las distintas labores que desempeñen, como manipulación de alimentos, trabajos en altura, espacios confinados, minería, asistenciales sanitarios, etc. Esta protección se realiza desde su ingreso a las distintas empresas, con la realización del examen Pre-ocupacional, los de seguimiento o Periódicos, los de reintegro por Post-incapacidades y los de Egresos o Retiro, todos amparados por la  resolución 2346 del 2007, encaminadas a un sistema de gestión que vela por la salud de los trabajadores junto con las EPS, donde están afiliados ellos y el control que realizan las ARL, para que se cumplan con estas normativas en todos los sectores laborales, para evitar los accidentes de trabajo y la enfermedades laborales, ellas realizan inspecciones frecuentes a las empresas para verificar que garanticen estos aspectos.

Recuerde: TODOS LOS EXÁMENES LABORALES DEBERÁN SER REALIZADOS POR MÉDICO ESPECIALISTA EN SALUD OCUPACIONAL O SGSST.

Hay que recalcar que el responsable del SGSST de las empresas, es de la alta gerencia, y que todos los niveles de la organización hacia abajo, deben cumplir con ese propósito de manera idónea y pertinente al rol que desempeñan en cada una de sus funciones, cumpliendo con los derechos y deberes en cada uno de sus cargos, para lograr el fomento, prevención y conservación de una empresa saludable. Su ejecución es permanente, como un proceso de mejoramiento continuo de las condiciones de trabajo.  Debe actualizarse como mínimo una vez al año, según se presenten cambios en los factores de riesgo o en los procesos.

¿QUÉ ES EL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL O SG-SST?

El Programa de Salud Ocupacional o SG-SST, consiste en la planeación y ejecución de actividades de medicina, seguridad e higiene industrial, que tienen como objetivo mantener y mejorar la salud de los trabajadores en las empresas.
En todas las empresas debe existir un Comité Paritario de Salud Ocupacional, cuya razón de ser es hacer seguimiento para que las actividades planeadas en el Programa de Salud Ocupacional si se cumplan. 

Cuidando a los que cuidan: Guía para el desarrollo e implementación de programas de salud y seguridad ocupacional para trabajadores de la salud. OMS 2022 documento normativo.

Los objetivos que tiene el Programa de Salud Ocupacional son:

  • Definir las actividades de promoción y prevención que permitan mejorar las condiciones de trabajo y de salud de los empleados.
  • Identificar el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y controlar los factores de riesgo relacionados.
  • Realizar un diagnóstico general de las condiciones de salud del trabajador aspirante.
  • Evaluar las capacidades físicas y mentales del aspirante para desempeñar el cargo que le será asignado.
  • Identificar patologías preexistentes al momento del examen y que potencialmente pudieran verse agravadas por la exposición a los factores de riesgo presentes en el puesto de trabajo.
  • Servir de base para futuras evaluaciones, ya sea como simples controles médicos o como componentes de los diferentes sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional que adelanta la empresa.
  • Ubicar al trabajador donde mejor pueda desempeñarse sin riesgo a sufrir menoscabo en sus condiciones de salud física y mental, teniendo en cuenta sus características antropométricas, fisiológicas, psicológicas, intelectuales y sociales.

BENEFICIOS QUE NOS BRINDAN LA SALUD OCUPACIONAL

  • Aumentar la productividad laboral, la calidad de los productos y servicios y la confianza de los trabajadores hacia la empresa.
  • Reducir la rotación y el absentismo laboral.
  • Potenciar de manera favorable el clima laboral y la motivación.
  • Mejorar la reputación y la imagen de la organización.
  • Disminuir las pérdidas y costos que conllevan los accidentes y enfermedades que merman las actividades de los empleados.
  • Un beneficio general para la sociedad en temas de seguridad social, costos sanitarios, indemnizaciones y más.

LA IPS SALUD OCUPACIONAL, es un proveedor idóneo y pertinente para realización del programa de salud ocupacional de su empresa, en todos sus niveles, contamos con los especialistas en cada una de las disciplinas, para salvaguardar la salud de sus trabajadores, brindando altos estándares en la calidad de su atención. 

Diferencias entre el Programa de salud ocupacional y el SGSST

Las diferencias principales entre los dos se pueden resumir en tres puntos:

1. MEJORA CONTINUA

Año tras año cambian y se transforman los riesgos y las acciones que se toman sobre ellos. Esto quiere decir que, por ejemplo, el riesgo que era inminente el año pasado en una organización no lo es este año o que las acciones que se tomaron sobre un peligro no fueron eficientes y deben ser reevaluadas. Por eso el SGSST propone un proceso organizado para hacer seguimiento del cumplimiento y el rendimiento de cada uno de los aspectos del SGSST. 

Entonces, mientras que el programa de Salud Ocupacional solamente definía un conjunto de actividades, el SGSST torna la mirada hacia los procesos y hacia la mejora continua. El ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar) garantiza que el proceso se renueve constantemente, a diferencia del programa de salud ocupacional que, en algunos casos, podría parecer muy estático como si fuera un programa que existe solo en el papel.

Las 5 fases del SGSST se han establecido de la siguiente forma:

  • La alta dirección, el COPASST y el responsable del SGSST determinan los objetivos de un período específico, normalmente un año.
  • Se establecen unos indicadores con los cuales se va a medir el cumplimiento de los objetivos y unas metas que se desean alcanzar.
  • Se define un Plan de Trabajo con un conjunto de actividades que buscan el cumplimiento de esos objetivos.
  • Al finalizar el año, todos los que participan en el SGSST hacen su rendición de cuentas: cuáles actividades se realizaron, cuáles no se realizaron, por qué no se realizaron.
  • Se determina si se cumplieron o no se cumplieron las metas propuestas y con esa información, la alta dirección establece nuevos objetivos para el siguiente año.

2. INDICADORES

Para garantizar una mejora continua es necesario contar con indicadores concretos que se puedan medir cada año. Gracias a estos es posible determinar si se está cumpliendo o no con los objetivos y si las acciones implementadas están contribuyendo al logro de esos objetivos.
Es necesario seguir tres tipos de indicadores: indicadores de estructura, indicadores de proceso e indicadores de resultado, cada uno permite evaluar diferentes elementos de la implementación y ejecución de las actividades del SGSST.
En el programa de salud ocupacional no era un requisito contar con indicadores del programa, sólo se buscaba tener estadísticas de ausentismo por enfermedad general, enfermedad laboral y accidentes de trabajo.

3. REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN

La revisión por la dirección y la rendición de cuentas son dos conceptos nuevos para normatividad colombiana, pero no para los estándares internacionales como OHSAS 18001. Esta medida se tomó con el objetivo de que todas las instancias de una organización participen y contribuyan al SGSST, pues son acciones que involucran a todo el personal.
De esta forma, se obliga a que el gerente o el representante legal haga una revisión detallada de todas las actividades y proponga cuáles serán los nuevos objetivos que la empresa debe cumplir en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

¿En qué le afecta a mi organización el cambio?

Después de casi 30 años de vigencia del Programa de salud ocupacional, es necesario adaptar los procesos que se llevaban a los nuevos requerimientos del SGSST. La implementación del SGSST implica, sobre todo, una serie de desafíos para cualquier organización:

  • Definir el alcance del SGSST de la empresa.
  • Diagnosticar correctamente la situación actual.
  • Plantear objetivos y programas específicos del SGSST.
  • Asignar responsabilidades a las partes involucradas.
  • Dar formación continua y a los trabajadores en todos los niveles.
  • Comunicar pensando en las personas.
  • Desarrollar el SGSST centrado en los riesgos y los resultados.
  • Evaluar en busca de la mejora.
  • Lograr el equilibrio entre los modelos existentes.

Vale la pena mencionar que, si bien los requerimientos parecen un poco excesivos en comparación con lo que abordaba el Programa de Salud Ocupacional, todo está enfocado al bienestar de los trabajadores, quienes son el sustrato de toda organización.

En realidad, el objetivo tanto del programa de salud ocupacional como del SGSST es el mismo: velar por el bienestar de los trabajadores, su seguridad y prevenir lesiones y enfermedades. 


NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE.

La actualización de la normativa colombiana para dar cumplimiento a los términos de implementación, comprende leyes, decretos, resoluciones y circulares que no podrán omitirse en el desarrollo general de la salud laboral para los colombianos. 

A continuación, se presenta la normatividad en seguridad y salud en el trabajo que no puede faltar en una matriz de requisitos legales actualizada en el año 2022.

  • Circular 082 de 2022 Registro anual de autoevaluaciones de Estándares Mínimos y planes de mejoramiento del SG-SST 
  • Resolución 2404 de 2019 "Por la cual se adopta la Batería de Instrumentos para la Evaluación de Factores de Riesgo Psicosocial, la Guía Técnica General para la Promoción, Prevención e Intervención de los Factores Psicosociales y sus efectos en la Población Trabajadora y sus Protocolos Específicos y se Dictan Otras Disposiciones
  • Ley 1010 2006 por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
  • Código Sustantivo del Trabajo. 1951 regulación de Relaciones Laborales.
  • Resolución 1401 2007 por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
  • Resolución 2346 2007 por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
  • Resolución 2646 2008 por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de estas.
  • Resolución 00000652 2012 por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas.
  • Resolución 0312 2019 por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
  • Decreto 1072 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
  • Resolución 1409 2012 por la cual se establece el reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.
  • Decreto-Ley 1295 1994 por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
  • Resolución 1792 1990 por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido.
  • Resolución 2013 1986 por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo
  • Resolución 2400 1979 por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

Para mayor información de normatividad: https://edaguilarocupacional.blogspot.com/2022/07/normatividad-de-examenes-ocupacionales.html

¿Cuáles pueden ser las sanciones por incumplimiento a las normas relacionadas con exámenes ocupacionales?

Las posibles sanciones son multas, y hasta el cierre de la empresa de acuerdo al Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.4.11.1 al 2.2.4.11.13., son:

ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL SG -SST
Conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento de los empleadores y contratantes, amparados en la Resolución 0312 de 2019, Artículo 3. Estándares Mínimos para empresas, empleadores y contratantes:

* Unidades de Producción Agropecuaria (UPA)

Como debemos realizar un Sistema de Gestión SST en Colombia, según la normatividad vigente con todos sus documentos: https://salud-ocupacional-626616.webnode.es/

CIBERGRAFÍA:

  1. https://www.arlsura.com/index.php?option=com_content&view=article&id=336
  2. https://www.esan.edu.pe/apuntes-empresariales/2019/06/salud-ocupacional-que-es-y-cuales-son-los-beneficios-que-aporta-a-la-empresa/
  3. http://virtual.umng.edu.co/distancia/ecosistema/odin/odin_desktop.php?path=Li4vb3Zhcy9hc3NvL2hpZ2llbmVfeV9zZWd1cmlkYWRfaW5kdXN0cmlhbF9pL3VuaWRhZF8xLw==
  4. https://gestion.pensemos.com/por-que-se-dio-la-transicion-del-programa-de-salud-ocupacional-al-sgsst
  5. https://sigmac.com.co/2021/01/26/normatividad-en-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-2021-colombia/
  6. https://safetya.co/multas-sanciones-decreto-472-de-2015/
  7. https://revistas.javeriana.edu.co/files-articulos/RGPS/17-35%20(2018-II)/54557477008/
  8. https://www.academia.edu/44938135/Presentacion_Estandares_Minimos_Res_0312_de_2019_V2_mod_2_

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