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sábado, 23 de julio de 2022

NORMATIVIDAD DE EXAMENES OCUPACIONALES, SG-SST Y RIESGOS PROFESIONALES 2023

 NORMATIVIDAD DE EXÁMENES OCUPACIONALES  Y SG-SST 2023

Actualización 27/01/2023

La realización de exámenes médicos ocupacionales se ha convertido en una necesidad para la prevención de enfermedades laborales y la protección de la salud de los trabajadores. En Colombia, el Ministerio de Trabajo ha emitido una serie de directrices y normas para regular el proceso de exámenes médicos ocupacionales, con el fin de garantizar el cumplimiento de los estándares de seguridad y salud en el trabajo. Estas normas se aplican a todas las empresas y organizaciones que contraten trabajadores en Colombia, para proteger los derechos de los trabajadores y evitar cualquier tipo de enfermedad laboral. Los exámenes médicos ocupacionales, además de cumplir con un requisito legal, deberán contribuir al diagnóstico temprano, antes que aparezcan las manifestaciones clínicas, de enfermedades de posible origen laboral y de enfermedades de origen común que pudieran ser agravadas por las condiciones de trabajo.  

MARCO CONCEPTUAL: Las evaluaciones laborales de ingreso, periódicos y de retiro, generalmente llamados Exámenes Médicos Ocupacionales (EMO) son actos médicos que buscan el bienestar del trabajador de manera individual y que orientan las acciones de gestión para mejorar las condiciones de salud y de trabajo, interviniendo el ambiente laboral y asegurando un adecuado monitoreo de las condiciones de salud de los trabajadores expuestos. La normatividad nacional y las norma internacionales propenden por brindarles la protección de salud necesaria para el desarrollo de las funciones en ambientes labores de distintos tipos (factores de riesgos) a los trabajadores tantos públicos como privados en todo el territorio colombiano, sin importar el numero de trabajadores. Ver marco legal colombiano.

Así mismo el seguimiento permanente de estas Condiciones de Salud (reporte anual) en los espacios de trabajo y de las recomendaciones médicas generadas por los especialistas adscriptos a la IPS de su confianza, permite que las empresas dispongan de la información necesaria para la implementación de Programas o Protocolos de Vigilancia Epidemiológica (PVE), ejecución de actividades de promoción y prevención, desarrollo de programas de rehabilitación integral y procesos de calificación de origen y pérdida de capacidad laboral, a que diera lugar por accidente o enfermedades laborales. Con la realización de los Exámenes Médico Ocupacionales (EMO) se deberá determinar la aptitud del aspirante para desempeñar en forma eficiente las funciones sin perjuicio de salud o la de terceros, comparando las demandas del oficio para el cual se desea su posesión frente a sus capacidades físicas y mentales, al momento de su ingreso o periódicos (anuales) en la empresa. Los empleadores están obligados a realizar los exámenes médico ocupacionales, ya que, aunque supervisa el estado de salud de los trabajadores, también le exigen al empleador adoptar las medidas de higiene y seguridad necesarias para evitar los riesgos y proteger las condiciones de los empleados (Ver objetivos del Decreto 1075 de 2015). Gracias a la realización de estos exámenes, los empleadores pueden validar que el aspirante esté en buenas condiciones de salud, de acuerdo con el cargo y los riesgos a los que va a estar expuesto. Recuerde que no cumplir con la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales puede generarle el cobro de multas por parte del Ministerio del Trabajo. Y en caso de que un trabajador sufra de alguna molestia física por cuenta de la actividad laboral que realiza, y no gestione los temas de prevención y control de las condiciones de salud de los trabajadores, el fallo siempre será desfavorable para la empresa, bajo la supervisión de la ARL.

MARCO LEGAL COLOMBIANO

A continuación, las leyes, decretos y resoluciones que la legislación colombiana tiene a disposición para cumplir con los requerimientos expuestos por la Organización Internacional del Trabajo: 

  1. CIRCULAR 082 de 23/12/2022. Las empresas deben registrar anualmente su información de autoevaluación de estándares mínimos del SGSST y plan de mejora del SGSST en la aplicación habilitada por el Ministerio de trabajo. Se registrará desde el primer día hábil del mes de enero y el último día hábil del mes de febrero de cada año. Esta obligación comenzará el 2 de enero de 2023, cumplimiento con la resolución 0312 de 2019. A partir de enero de 2020, los sistemas de gestión de SST se ejecutarán anualmente de enero a diciembre. 
  2. RESOLUCIÓN 2764 de 18/07/2022. Por la cual se adopta la Batería de instrumentos para la evaluación de factores de Riesgo Psicosocial, la Guía Técnica General para la promoción, prevención e intervención de los factores psicosociales y sus efectos en la población trabajadora y sus protocolos específicos y se dictan otras disposiciones.
  3. Resolución 1151 de 01/07/2022. Por la cual se modifica la Resolución 754 de 2021 en el sentido de sustituir su Anexo Técnico No. 1 Resolución 754 de 2021 a través de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. 
  4. CIRCULAR 015. 14 DE MAYO DE 2022Obligación del empleador de asumir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las pruebas o valoraciones complementarias. 
  5. LEY 2015. 31 DE ENERO DE 2020. Expide y reglamenta el funcionamiento de las historias clínicas electrónicas interoperables. 
  6. RESOLUCIÓN 754. 31 DE MAYO DE 2021. Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  7. MINISTERIO DEL TRABAJO. CONCEPTO 42429. 11 SEPTIEMBRE DE 2019. Se concluye que, independientemente del tipo de contrato que se suscriba con el trabajador, los exámenes ocupacionales deberán ser cubiertos por el empleador, y deberán practicarse al inicio de la relación laboral y de forma periódica según el tipo, magnitud y frecuencia de la exposición a cada factor de riesgo. 
  8. RESOLUCIÓN 0312. 22 DE MARZO DE 2019. Indica que los estándares mínimos para empresas, empleadores y contratantes con 10 o menos trabajadores clasificados con riesgo I, II o III, que “las evaluaciones médicas ocupacionales deben realizarse de acuerdo con la normatividad y los peligros/riesgos a los cuales se encuentre expuesto el trabajador”.
  9. CIRCULAR 12446. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2018. La Directora de Riesgo Laborales del Ministerio de Trabajo nos dice: “Es el medico especialista en medicina del trabajo o en Seguridad y Salud en el Trabajo, quien asume la responsabilidad de emitir el certificado que remitirá al empleador, en el cual indicará las restricciones existentes y las recomendaciones que se requiere adaptar para que el trabajador pueda desempeñar la labor”. Hay que tener en cuenta el perfil del cargo enviado por el empleador (profesiograma).
  10. RESOLUCIÓN 839. 23 DE MARZO DE 2017. Establece el manejo, custodia, tiempo de retención, conservación y disposición final de las historias clínicas.
  11. RESOLUCIÓN 4927.  23/11/2016. Por la cual se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. 
  12. DECRETO 1072. 26 DE MAYO DE 2015Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo (Compilación Decreto 1443 de 2014)
  13. DECRETO 723. 15 DE ABRIL DE 2013Exámenes médicos para trabajadores independientes con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones.
  14. RESOLUCIÓN 2578. 28 DE DICIEMBRE DE 2012Por la cual se establecen lineamientos para el cumplimiento de la Resolución 1409 del 23 de julio de 2012 expedida por el Ministerio de Trabajo, sobre trabajo en alturas, y se dictan otras disposiciones.
  15. RESOLUCIÓN 1409. 23 DE JULIO DE 2012Expide el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajos en alturas. (Exámenes para trabajos en alturas)
  16. LEY 1562. 11 DE JULIO DE 2012Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.
  17. RESOLUCIÓN 19185 DE JUNIO DE 2009“Por la cual se modifican los artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2007 y se dictan otras disposiciones respecto a las evaluaciones médicas ocupacionales y pruebas complementarias”. Establece el responsable de la custodia de las historias clínicas ocupacionales y otras disposiciones
  18. RESOLUCIÓN 2346. 11 DE JULIO DE 2007Regula la práctica de las evaluaciones médicas ocupacionales y el contenido de las historias clínicas ocupacionales. Artículo 3º determina los tipos de evaluaciones médicas ocupacionales que deben ser realizadas por el empleador público y privado en forma obligatoria. El artículo 11, establece la obligación del costo de las evaluaciones a cargo del empleador, no pueden ser cobradas ni solicitadas al aspirante o trabajador cuando esté vinculado.
  19. RESOLUCIÓN 1995. 8 DE JULIO DE 1999. Expide las normas y obligatoriedad del manejo y archivo de las historias clínicas ocupacionales.
  20. DECRETO 1543. 12 DE JUNIO DE 1997. Reglamenta la prohibición de hacer pruebas médicas de VIH y otras enfermedades de transmisión sexual en los exámenes médicos de ingreso. 
  21. RESOLUCIÓN 3941. 24 DE NOVIEMBRE DE 1994. Complementa la Resolución 3716 de 1994 y menciona que solo podrán realizarse las pruebas de embarazo cuando se realicen actividades de alto riesgo.
  22. RESOLUCIÓN 3716. 3 DE NOVIEMBRE DE 1994. Define criterios para la realización de la práctica de las pruebas de embarazo cuando se realicen trabajos de alto riesgo.
  23. RESOLUCIÓN 6398. 20 DE DICIEMBRE DE 1991. Define la obligación de realizar los exámenes médicos de ingreso. 
  24. RESOLUCIÓN 1016. 31 DE MARZO DE 1989. En su artículo 10 numeral 1 “establece la realización de exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, selección de personal, ubicación según aptitudes, cambios de ocupación, reingreso al trabajo y otras relacionadas con los riesgos para la salud de los trabajadores”.
  25. DECRETO 614. 14 DE MARZO DE 1984“Por el cual se Establece que es obligación de los empleadores organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de salud ocupacional”.
  26. LEY 23. 18 DE FEBRERO DE 1981. Expide las normas en materia de ética médica y las normas para el manejo de la historia clínica.
  27. CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO. 23 SEPTIEMBRE. Establece la obligación de realizar los exámenes médicos preocupacionales a los trabajadores en los artículos 57 y 65. 
NORMA INTERNACIONAL EN SG-SST:
La Norma ISO 45001:2018 En este vídeo realizado por Lteam se describe los requisitos sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo, exigidos a las organizaciones según la estructura de Alto Nivel de las Normas ISO y su Anexo SL (Estructura de Alto Nivel). La organización de estos capítulos permitir dilucidar con mayor facilidad la forma de implementar el ciclo PHVA en un sistema de gestión:

En la actualidad, las normas ISO que siguen una estructura de alto nivel: Herramienta De Comparación Del Anexo SL 

CIBERGRAFIA

NORMATIVIDAD SOBRE RIESGOS PROFESIONALES EN COLOMBIA 2023

¿Por qué vigilar la Salud de los Trabajadores? 
El concepto prevención de riesgos profesionales o laborales comprende el conjunto de actividades o medidas adoptadas o planificadas en todas las áreas de la empresa, con el fin de evitar o disminuir los peligros para la salud derivados del trabajo, cuya responsabilidad recae sobre el líder de la empresa. Los riesgos se deben identificar y eliminar o reducir al máximo a través de acciones específicas de prevención. Durante nuestra actividad laboral, pueden aparecer circunstancias que puedan amenazar nuestra salud. Por ello será necesario identificar, evaluar y controlar esas “amenazas”. A veces serán muy evidentes y sus consecuencias aparecerán en el acto, mientras que otras veces serán muy sutiles, y sus consecuencias aparecer a muy largo plazo.
El trabajo puede influir en la salud:
* Positivamente, puesto que favorece el desarrollo personal
* Negativamente, pues puede ocasionar daños relacionados con los riesgos laborales.
Por eso es muy importante conocer el marco legal, para poder tener la mejor prevención y es, el conocimiento del marco jurídico, que nos ayuda a evitar los daños ocasionados por dueños de empresas que no se ajusten a la ley y propician entornos laborales nocivos para la salud de sus trabajadores.
Veamos cual es la normatividad jurídica de riesgos profesionales en Colombia: 

    1. CIRCULAR 030 DE 15/07/2022. Entrega de Elementos de Protección Personal para trabajadores de primera línea de atención a Covid-19 por las ARL. 
    2. Decreto 768 de 16/05/2022. Por el cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones
    3. Decreto 1072 de 26/05/2015. Decreto único del sector trabajo. Artículo 1.1.3.1. Fondo de riesgos laborales.  Artículo 2.2.1.5.9. Obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales
    4. Ley 1562 de 11 de julio de 2012. “Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”.
    5. Decreto 2566 de 2009. Por el cual se adopta la tabla de Enfermedades Profesionales. Ministerio de la Protección Social. 
    6. Resolución 2646 2008 por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de estas. Ver RESOLUCIÓN 2764 de 18/07/2022. 
    7. Resolución 1401. 24 de mayo de 2007. por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. 
    8. Resolución 0156 de 2005. “Por la cual se adoptan los formatos de informe de accidente de trabajo y de enfermedad profesional y se dictan otras disposiciones”. Ministerio de la Protección Social.
    9. Ley 962 de 2005. Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos, artículo 52. Congreso de Colombia.
    10. Ley 776 de 2002. Se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales. Esta ley modifica las prestaciones económicas del Sistema General de Riesgos Profesionales. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
    11. Decreto 2463 de 2001.Reglamenta la integración, financiación y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
    12. Resolución 2569 de 1999. Por la cual se reglamenta el proceso de calificación del origen de los eventos de salud en primera instancia, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud.
    13. Norma NTC GP 1000:2004.  Especifica los requisitos para la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad aplicable a la rama ejecutiva de Colombia, de su sector público y otras entidades prestadoras de servicios
    14. Decreto Ley 1295 de junio 22 de 1994. "Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales". de Salud.
    15. Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones.
    A nivel mundial, se ha publicado una norma de ámbito internacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Se trata de la Norma ISO 45001 que fue publicada oficialmente en el año 2018. 
    En el documento de la norma quedan recopilados los requisitos que debe tener un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), además, aporta orientaciones sobre cómo usarla. 
    El objetivo es que la organización ofrezca a sus trabajadores un lugar seguro y saludable donde desarrollar su actividad, reduciendo así las lesiones o daños sobre la salud vinculadas con el trabajo. Esta norma esta regulada en Colombia bajo el amparo del Decreto 1072 de 2015. Artículo 2.2.4.6.7. Objetivos de la política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

    • Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles.
    • Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa;
    • Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.

    CIBERGRAFIA: 

    1. http://apolo.uniatlantico.edu.co/
    2. https://www.youtube.com/watch?v=l1QrKJ8e_FE 
    3. https://deseguridadysalud.com/normatividad-del-sgsst-colombia/
    4. https://www.isotools.org/2021/02/02/seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-los-distintos-paises-que-normas-aplican/

    viernes, 22 de julio de 2022

    LESIONES TRAUMATICA DE LAS MANOS EN EL TRABAJO Y FUERA DE EL

    "LESIONES TRAUMATICA DE LAS MANOS EN EL TRABAJO Y FUERA DE EL".
     "La mayoría de los casos de lesiones en las manos provienen del error humano". 

    Trabajador auxiliar de carnes, en un expendio de Medellin, que perdio pulpejo de su dedo pulgar izquierdo con sierra electrica, sin EPS y ARL, por lo cual, su patron tuvo que costear todo su tratamiento por cirugia plastica, se le extrajo de su injerto de su misma mano lesionada, su rehabilitacion fue exitosa. 
    Las manos son las partes de nuestro cuerpo que más usamos en el trabajo y, en consecuencia, las más expuestas a accidentes laborales. Después de los ojos, las manos son probablemente la parte más importante del cuerpo en lo que se refiere a la ejecución de nuestro trabajo. Lesiones de mano en el trabajo contribuyen a mas de 20% de todas las lesiones en el lugar de trabajo, de acuerdo a la Oficina de Estadísticas Laborales de EE.UU. (BLS). Mientras que las lesiones más comunes incluyen pequeñas heridas cortantes y pinchazos, el riesgo de amputación o perdida de función de un miembro es muy alto. Es importante entender cuan común estas lesiones son y como las podemos prevenir.

    Las lesiones de la mano adquieren gran importancia, por ser una región anatómica de excepcional valor, por su utilización en casi todas las profesiones u ocupaciones.
    La amputación de los dedos de la mano produce diferentes grados de minusvalía ocupacional de acuerdo al dedo o dedos lesionados, por lo que se deben implementar medidas de prevención en las diferentes empresas para disminuir la accidentabilidad.
    Tener presente que cualquier nivel de amputación, lleva a un grado de incapacidad que puede limitar al individuo incluso para realizar actividades tan elementales como la alimentación y el aseo personal, de manera permanente, requiriendo posteriormente la readaptación laboral o cambio de puesto de trabajo.
    LAS MANOS UNA HERRAMIENTA SIN IGUAL

    La mano instrumento perfecto
    Las manos son el principal instrumento para la manipulación física del medio siendo el pulpejo la zona con más terminaciones nerviosas del cuerpo humano y fuente de información táctil sobre el entorno.

    El principal uso de las manos es el de tomar y sostener objetos, aunque de estos derivan muchos más por la gran versatilidad y precisión de movimientos que posee, siendo usadas como "utensilios" para comer, en el lenguaje de señas, la escritura y para aliviar el dolor mediante técnicas de masaje denominándose "tacto estructurado".

    ESTADÍSTICAS POR LESIONES EN LAS MANOS

    Según la Administración de Salud, Higiene y Seguridad Ocupacional Norteamericana (O.S.H.A), de los 2 millones de trabajadores norteamericanos incapacitados cada año, alrededor de 400.000 presentan lesiones de las manos, siendo la localización más frecuente en los dedos (72%). Los costos de las lesiones de mano en México, genera un total de 2'525.086 días de incapacidad temporal, con un costo promedio por día de 66.7 dólares, generando una erogación en subsidios de 168.473.737 dólares. El sector industrial registra que el 60% de las amputaciones es en la mano, siendo los obreros que trabajan con metales los que más amputaciones traumáticas registra (6,7%). En Bolivia se encontró un estudio realizado en empresas textiles, en el que reporta que del total de accidentes de trabajo el 54,8% corresponde a mano, de los cuales el 2,4% es por amputación traumática. Las manos son las más afectadas en accidentes laborales en Colombia, como en la agricultura, pesca y caza (10.58%), la construcción con 10.46%; y maquinaria y metalmecánica (8.84%). SURA 2010.

    La mano que se afecta con mayor frecuencia es la izquierda y los dedos índice, medio y anular, estos datos concuerdan con los encontrados en otro estudio en el que la frecuencia de lesión del dedo índice fue 22%, medio 14% y anular 14% (Ver Link 1).

    El uso del anillo en el dedo anular sigue siendo un elemento mutilador en el ambiente laboral y extralaboral, tener muchas precauciones de su uso.

    DISCUSION.

    En relación al dedo amputado y el desempeño ocupacional se encontró que la ocupación se encuentra recortada para las amputaciones de pulgar, índice, medio y cuando se afectaron 2 dedos, esto debido a que con estos dedos se realizan los movimientos de pinza fina y gruesa que sirven para actividades tan fundamentales como la escritura o el sostén de algunos objetos pequeños. La ocupación fue confinada cuando hubo amputación de más de 5 dedos, porque el trabajador ha perdido todos los movimientos de la mano que se encuentra afectada y debe prescindir de esta mano para realizar algunas actividades. También se observó que cuando la lesión es del anular o meñique los trabajadores continúan habitualmente ocupados esto posiblemente a que pueden suplantar los movimientos de estos dedos con otros.  El principal problema psicológico en los amputados es la depresión.

    ¿SIEMPRE SE PUEDE REIMPLANTAR UN TEJIDO AMPUTADO?

    Lamentablemente no siempre se puede reimplantar un segmento amputado. Las condiciones para el reimplante están determinadas por el tipo de trauma, el sitio del trauma y las condiciones del paciente. No se pueden hacer reimplantes cuando el trauma no deja un corte neto bien definido, es decir, cuando se trata de un trauma contuso, por atrición, explosión, o por elementos de corte contuso con herramientas como sierra, pulidora o en casos en los que se produce la amputación por arrancamiento. Ojo con policías o militares que les encanta usar los anillos de grado y lo que le paso a un conductor de bus de Brasilia que perdió su dedo en unos de sus viajes al quedar enganchado en la carrocería del carro. 

    Tampoco se pueden realizar reimplantes en caso de contaminación extrema como cuando hay contaminación con materia fecal, basuras o aguas negras. Además, no se pueden hacer reimplantes en pacientes con antecedentes de enfermedades vasculares (ateroesclerosis) o con compromiso vascular como las enfermedades autoinmunes (lupus, esclerodermia, etc). No deben reimplantarse segmentos amputados en pacientes fumadores o con antecedentes de enfermedad mental.

    TRATAMIENTO DEL AMPUTADO:

    El pilar del tratamiento del paciente con alguna deficiencia total o parcial de una extremidad es la rehabilitación integral, en que participa un equipo multidisciplinario compuesto por el médico especialista, el fisioterapeuta, el psicólogo, la trabajadora social y los protesistas.

    La rehabilitación es esencial para ayudar a las personas con discapacidad a vivir en sus comunidades, y de este modo se agregan más años de calidad a su vida. La rehabilitación temprana tiene muchos objetivos, entre otros optimizar recursos económicos y tiempo y, por encima de todo, reducir el grado de discapacidad del sujeto y acortar su duración. Por esta razón es importante iniciar toda esta etapa tan pronto lo permitan las características del paciente, es decir, cuando este se encuentre física y metabólicamente estable.

    Los dispositivos protésicos actuales son capaces de restaurar y acrecentar de manera considerable la funcionalidad, y por ello el mayor obstáculo por superar en este campo es lograr el control confiable e intuitivo de estas innovaciones, y la limitación principal en estos casos se debe a la falta de señales de control estables y fisiológicamente apropiadas por el tipo de lesiones.

    Las señales mioeléctricas (provenientes de los músculos) se han utilizado en la clínica desde el decenio de 1960 como fuente de control. La idea de utilizar los músculos remanentes como elemento controlador de una extremidad artificial es atractiva por la similitud con su contraparte biológica.

    RECOMENDACIONES LABORALES:

    1. Cuidados específicos del muñón: el uso de vendajes, cremas, masajes y el examen frecuente del muñón intra y extralaboralmente.
    2. Seguir con los cuidados específicos de ortesis y prótesis ordenados por su médico rehabilitador.
    3. Pausas activas cada 2 horas dentro de su jornada laboral y seguir en el SVE biomecánica.
    4. Programa de ejercicios de fortalecimiento musculoesquelético de las lesiones amputadas en su EPS.
    5. Seguir en los controles programados por fisiatría, ortopedia o cirugía de mano en su EPS.
    6. No olvidar que de acuerdo a tu oficio debes usar lo elementos de protección (guantes de seguridad) idóneos y pertinentes.

    "Dime cual es tu oficio y te diré que guantes debe usar: Normas UNE"

    Usar el EPP adecuado al trabajar ayuda a prevenir lesiones. Para proteger las manos, los guantes son estándar en la industria. El tipo de guante depende del tipo de trabajo realizado. Los diferentes tipos de guantes incluyen:

    • Cuero: adecuado para usos alrededor de chispas, astillas, objetos ásperos y calor
    • No conductivo: adecuado para su uso alrededor de componentes eléctricos para proteger contra la electricidad de bajo voltaje.
    • Resistente al calor: adecuado para usar cuando hay calor excesivo para evitar quemaduras y molestias por el calor.
    • Malla metálica / hilo sintético resistente: adecuado para usar alrededor de cuchillos y objetos afilados para evitar cortes y perforaciones
    • Vinilo / Nitrilo / Látex / Neopreno: adecuado para su uso en áreas donde se utilizan productos derivados del petróleo y químicos para proteger contra quemaduras químicas. También es útil en condiciones hospitalarias para proteger contra enfermedades de transmisión sanguínea.
    • Impermeable: adecuado para su uso en entornos húmedos, estos guantes suelen tener un aislamiento de espuma para proteger del frío.
    • Algodón: adecuado para trabajar con suciedad y cuando es posible que se produzcan rozaduras, para proteger de las abrasiones.

    Cómo cuidar las manos: 

        • No acaricie las máquinas, acaricie a sus hijos.
        • Si la empresa le da equipos de protección, utilicemos y no dude de su utilidad.
        • Lea los manuales de los equipos antes de manipularlos.
        • Respete las guardas de la maquinaria, por algo están ahí.
        • No utilice las manos cuando hay elementos o herramientas para hacerlo.
        • Evite el estrés y piense en su familia.
        • No se quite la cutícula de las uñas, esta protege las manos, del ingreso de tóxicos

    Es importante realizar cursos de abordaje de heridas, para estar actualizado constantemente, y así brindar la mejor atención en casos de emergencias.

    CONCLUSIÓN:

    La amputación de los dedos pulgar, índice y de más de dos dedos modifican el desempeño ocupacional de los trabajadores, reduciéndola o debiendo hacer algunas modificaciones para su desempeño, por esta razón se deben disminuir los accidentes de trabajo en las diferentes empresas mediante la fortificación de los sistemas de higiene y seguridad industrial, de esta manera se disminuirá la accidentalidad y los costos que éstos representan tanto para el empleador como para el trabajador.

    “Un hombre listo aprende de sus propios errores, pero un hombre inteligente aprende de los errores de los demás”.

    CIBERGRAFÍA:

    1. https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0465-546X2009000400005
    2. https://valledellili.org/como-actuar-correctamente-en-caso-de-una-amputacion-de-los-dedos-de-la-mano/
    3. https://www.anmm.org.mx/publicaciones/ultimas_publicaciones/Rehabilitacion.pdf
    4. https://costaoesteindustrial.com/2018/10/22/dime-a-que-te-dedicas-y-te-dire-que-guante-de-proteccion-necesitas
    5. https://www.comercturro.com/blog/tipos-de-guantes-de-seguridad-y-su-uso.html
    6. https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-782895
    7. https://ecoway.com.ar/cms/page/view/26

    miércoles, 20 de julio de 2022

    ¿QUÉ HACER CON LOS MANIPULADORES DE ALIMENTOS CON PRESENCIA DE BLASTOCYSTIS HOMINIS Y/O ENDOLIMAX NANA EN SUS ESTUDIOS DE HECES?

     ¿QUÉ HACER CON LOS MANIPULADORES DE ALIMENTOS CON PRESENCIA DE BLASTOCYSTIS HOMINIS Y/O ENDOLIMAX NANA EN SUS ESTUDIOS DE HECES?

             Por Edgardo Aguilar Hernández. Medico SGSST Unitec, Bogotá.

    1.       INTRODUCCIÓN:

    La FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación) y la OMS (Organización Mundial de la Salud) plantea que la mayoría de las contaminaciones de alimentos, cuyas consecuencias son las ETA (Enfermedades transmitidas por alimentos), no son sólo un creciente y grave problema de salud pública sino también pueden perturbar seriamente el comercio internacional.

    Los parásitos intestinales constituyen actualmente un problema médico social que afecta la salud colombiana; su principal implicación está relacionada con el nivel nutricional porque afecta principalmente a la población de escasos recursos económicos, quienes en muchas ocasiones tienen desnutrición primaria que agrava este problema. La frecuencia del parasitismo intestinal varía notablemente en los diversos grupos sociales, pero al igual que otras enfermedades, su prevalencia depende de las condiciones sanitarias, presentadas comúnmente en poblaciones marginadas de bajo nivel socioeconómico, con mala disponibilidad de agua, eliminación de excretas y de basuras, es decir, en términos generales mala higiene comunal, familiar y personal, presentándose con mayor frecuencia en climas tropicales.

    Según lo informado por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública (SIVIGILA), durante el año 2008 se reportaron 8391 casos de enfermedades transmitidas por alimentos, presentándose 62 brotes en restaurantes y 347 brotes en hogares. Es posible que uno de los factores importantes como riesgo de contaminación de los alimentos sean los manipuladores de alimentos, los cuales pueden ser portadores asintomáticos de enfermedades y desconocerlo, permitiendo de una u otra forma la contaminación de los alimentos desde su fase inicial como obtención de materias primas, su preparación y cocción, hasta su fase final de la presentación del producto.

    En Colombia, en el 2010, se notificaron al sistema nacional de vigilancia por archivos planos (colectivo) 11.563 casos de Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA), involucrados en 761 brotes.

    Los trabajadores que laboran en centros de alimentación podrían transmitir infecciones parasitarias en ausencia de saneamiento.

    2.       ¿COMO EVITAR ESTO?

    Para la determinación de patógenos en manipuladores de alimentos se realizan 3 exámenes, el frotis faríngeo (con cultivo), KOH en uñas y el coprológico (coprocultivo), que es un examen físico completo de la materia fecal humana para determinar consistencia, color, presencia de sangre oculta, moco, pus, restos de huevos o parásitos, esto de estricto cumplimiento de acuerdo a la: Norma Técnica Sectorial Colombiana NTS-USNA 007 de 2005, y el Decreto 3075 de 1997. Además, tiene que tener el curso de manipulación de alimentos y BPM por el SENA u otra institución acreditada, por 40 horas y 10 horas anuales, sobre la Resolución 2674 de 2013.

    Deben estar al día con el esquema de vacunación por riesgo profesional: Hepatitis A, Fiebre Tifoidea, Influenza, Tétanos – Difteria (dT), Fiebre Amarilla, Leptospirosis.

    3.       PARÁSITOS INTESTINALES PATÓGENOS Y NO PATOGENOS PARA LOS TRABAJADORES:

    Los más frecuentemente encontrados son:

    a.       SE CONSIDERAN PARÁSITOS PATÓGENOS: Complejo Entamoeba histolytica/Entamoeba dispar y Giardia duodenalis /Giardia lamblia.

    b.      SE CONSIDERAN COMO PARÁSITOS NO PATÓGENOS: Entamoeba coli, Entamoeba hartmanni, Iodamoeba buetschlii, Blastocystis hominis y Endolimax nana. (Comensales)

    Las amebas no patógenas como Endolimax nana y Entamoeba coli (multinúcleos) encontradas en los manipuladores de alimentos es un indicativo de malos hábitos higiénicos, resultados similares al estudio realizado por Ana Port Lourenco en Brasil donde el parásito con mayor prevalencia en manipuladores de alimentos de hospitales públicos y privados fue también Entamoeba coli seguido de Endolimax nana. Aunque estas especies no son patógenas y no tienen gran impacto clínico, son de suma importancia reportarlos en el laboratorio, y de relevancia epidemiológica, ya que muestra que el individuo parasitado puede ser un foco latente de transmisión.

    Respecto a la infección por Blastocystis hominis, parásito sobre el cual aún existe controversia con respecto a su patogenicidad, debido a que en experimentos en animales induce diarrea similar a la que se presenta en el hombre. Se encontró un bajo porcentaje comparado con los resultados encontrados en el estudio hecho en manipuladores de alimentos en restaurantes de cinco ciudades capitales en el 2007, en Colombia.

    El hallazgo de Blastocystis sp. (Blastocitosis) en pacientes asintomáticos no requiere tratamiento. La infección por Blastocystis cuando es sintomática ha sido asociada a manifestaciones gastrointestinales inespecíficas, presentación clínica generalmente aguda y probablemente autolimitada, aunque esporádicos reportes de caso han sido publicados asociando Blastocystis a enfermedad crónica.

    En base a la información disponible, parece razonable afirmar la transmisión de Blastocystis por la vía fecal-oral, mientras otros mecanismos posibles serían la transmisión a través del agua, alimentos e incluso vectores mecánicos como moscas. Por lo tanto, medidas de prevención y control incluyen la educación para el mantenimiento de los estándares de higiene personal y comunal, así como el mejoramiento de los sistemas de saneamiento en la búsqueda de minimizar la ingesta de agua y alimentos contaminados.

    Mientras continúe la controversia sobre la patogenicidad del parásito, no hay un acuerdo en el tratamiento de B. hominis. Los motivos por los cuales no se sugiere el tratamiento son la curación biológica espontanea, el carácter autolimitado de la infección y en los portadores asintomáticos.

    Según los Lineamiento Para La Realización De Coproanálisis O Coprológico Y Modelo De Reporte De Resultados Como Examen De Diagnóstico En El Laboratorio Clínico: 13 De marzo de 2015, del Instituto Nacional de Salud de Colombia, No es necesario cuantificar las formas parasitarias encontradas debido a que el coproanálisis es una técnica cualitativa. Sin embargo, cuando se observa Blastocystis hominis en cualquiera de sus estadios evolutivos se recomienda informar: “Se observa Blastocystis hominis (ocasionales 1-10 x campo), pocos (10-20 x campo), moderados (20- 30 x campo) o abundantes (>30 x campo)) en la muestra analizada”, debido a que diversas publicaciones han asociado su importancia clínica al número de B. hominis por campo al visualizar la muestra con el objetivo de 40x, razón por la cual, algunos autores recomiendan su reporte en número, para así orientar al médico tratante a una conducta terapéutica apropiada.

    Diferentes autores aconsejan tratamiento en pacientes sintomáticos sin considerar el estado inmunitario y fundamentalmente cuando hay persistencia o recurrencia de síntomas, el surgimiento de eosinofilia y la presencia de numerosos parásitos.

    4.       DISCUSIÓN:

    Las personas que trabajan en la producción de alimentos son potenciales transportadores y difusores de patógenos tales como las bacterias, virus, parásitos o cualquier otro agente que pueda producir enfermedad. Comúnmente, una persona infectada elimina en su materia fecal entre 100 a 1000 millones de microorganismos patógenos por gramo. Las infecciones diarreicas son las más comúnmente asociadas al consumo de alimentos contaminados, cada año aproximadamente 550 millones de personas se enferman y como consecuencia provocan 230.000 muertes.

    Colombia, como el resto de países subdesarrollos, nos enfrentamos a dos comunidades: la rural y la urbana, que enfrenta la parasitosis de diferentes maneras. Está muy claro que si bien por las condiciones actuales de un sistema de seguridad social en salud en las poblaciones urbanas aceptable, el índice de parasitismo es menor que en las áreas rurales, donde el hacinamiento, la pobre eliminación de excretas/basuras y la mala manipulación en la preparación de los alimentos, constituyen un foco de transmisibilidad fecal/oral para estos trabajadores, residenciados en estas áreas.

    Preocupa estos focos latentes de transmisión de parásitos patógenos y no patógenos, los cuales son una señal inequívoca de una falla en las medidas higiénico-sanitarias, los cuales representan una mala calidad en las buenas practica de manipulación de alimentos, sobre todo para comensales con comorbilidades e inmunosuprimidos de diversos indoles.

    Partiendo de esta premisa, considero que se debe realizar un consenso dentro de lo actores de la salud ocupacional en Colombia, que rompa con el paradigma sobre la inocuidad de ciertos parásitos, los cuales no deben recibir tratamiento médico, pues carecen de sintomatología patológicas y no centrados, en las pobres medidas higiénico-sanitarias que llevan a que estos trabajadores no cumplan con la normatividad legal vigente.

    Como saber con precisión y si estos trabajadores tienen diarreas cíclicas o cólicos abdominales, achacados a síndrome de colon irritable, o son consecuencias de B. hominis o Endolimax nana, cuando se reportan hasta ++++ de estos protozoarios, seria prudente tratar esto manipuladores de alimentos medicamente, como medida profiláctica para evitar la contaminación fecal/oral y así mejorar el control de calidad que exigen los programas de vigilancia epidemiológica, la capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura y los controles médicos ocupacionales, son medidas que juegan un papel importante en la prevención de la infección.

    Al igual que otros protozoos, la aparición de enfermedad dependería de la interacción parásito – hospedador. La patogenicidad de B. hominis ha sido asociada al número de parásitos. Algunas publicaciones le atribuyen mayor capacidad patógena en pacientes inmunodeprimidos y en casos de SIDA. Hasta el momento no hay pruebas de su patogenicidad, pues no se le ha encontrado invadiendo mucosa intestinal, ni ha sido descrito en biopsia o en material de autopsia, en el interior de los tejidos del tracto digestivo.

    Existe una conexión modesta entre el síndrome del intestino irritable (SII) y B. hominis.

    Fuente: https://drruscio.com/blastocystis-hominis/

    5.       CONCLUSIONES:

    • La empresa debe llevar un seguimiento de las condiciones de salud, su competencia y su presentación personal, de estos trabajadores
    • Extremar las medidas higiénico- sanitarias entre los manipuladores de alimentos, pues es la vía digestiva la más importante fuente de transmisión de estos parásitos.
    • Es importante realizar exámenes coproparasitológicos a los manipuladores de alimentos periódicamente (cada 6 meses), que permitan conocer el estado de salud de estos trabajadores, previniendo la diseminación de parásitos por medio de la transmisión fecal-oral por parte del personal infectado y con poca fomentación de las practicas higiénico sanitarias.
    • Tener en cuenta las medidas de Bioseguridad del personal y su presentación personal como manipulador de alimentos, lo que, unido al control profiláctico antiparasitario de los protozoarios presentes en los coprológicos, permitirá un buen Programa de Salud Ocupacional, en la empresa en estas labores. 
    • Entre mas parásitos patógenos o no patógenos tengamos en la muestra, se reflejara como indicadores de malos hábitos higiénicos, insistir: "Lavado estricto de manos antes, durante y posterior a la manipulación de alimentos". 
    • Cumplir con las recomendaciones de Codex Alimentarius, 2020 (FAO).
    • No se debe olvidar que la detección de una o más de estas amebas no patógenas como: E. dispar, E. moshkovskii, E. hartmanni, E. coli, E. polecki, Endolimax nana y Iodamoeba buetschlii en las heces de una persona, aunque no se le confiera relevancia clínica, sí la tiene desde la perspectiva epidemiológica, ya que viene a indicar una deficiente educación higienicosanitaria. En este sentido, recordar la existencia de otros agentes infecciosos, parásitos o no, de reconocida patogenicidad y que comparten la misma ruta de infección, por sospecha se debe realizar tratamiento preventivo cada 6 meses con tinidazol, secanidazol o metronidazol a las dosis terapéuticas, si encontramos en las heces de trabajadores manipuladores de alimentos esta falla a través de una transmisión fecal-oral por una deficiencia en la higiene de sus manos. Debemos recomendar lavado estricto de manos antes, durante y posterior a la manipulación de alimentos.
    • La patogenicidad de B. hominis ha sido asociada al número de parásitos. 
    PREGUNTA:
    Colegas en los candidatos para Manipulación de Alimentos (MA) con quistes de Blastocystis hominis + cuál es su conducta:

          a.     Los asintomáticos no requieren tratamiento, apto para MA.
    b.    Iniciar tratamiento con METRONIDAZOL O NITAZOXANIDA, apto MA.
    c.     Aplazado, darle tratamiento y realizar nuevo coprológico.
    d.    Los sintomáticos iniciar tratamiento, aplazar por 15 días, con nuevo control de materia fecales.

    La respuesta es la A, actualmente el B hominis se considera un comensal de la flora intestinal y por su inocuidad no se debe tratar o aplazar, solo cuando hay mas de 3 cruces asociada a otro parásito no patógeno como el E. coli o E nana, se debe recomendar: Lavado estricto de manos antes, durante y posterior a la manipulación de alimentos, porque esto se considera una mala higiene como manipulador de alimentos y el tratamiento solo está indicado, si la diarrea es persistente, no consigue aislarse otro patógeno y el número de parásitos presentes en las heces es elevado.  Se establece con metronidazol.  https://es.slideshare.net/kanoe65/unidad-4-blastocystis

    PREVENCION

    Se recomienda lavar bien los alimentos crudos, no comer alimentos en mal estado, mantener la higiene en la preparación de alimentos y almacenarlos correctamente. Se aconseja a los agricultores vigilar el uso de fertilizantes orgánicos y la calidad del agua. 

    La FAO y la OMS están desarrollando nuevas directrices para controlar la presencia de parásitos en la cadena alimentaria y reducir el riesgo de infecciones.

    6.       CIBERGRAFÍA

    1. https://revistas.unicolmayor.edu.co/index.php/nova/article/download/132/264?inline=1
    2. https://www.ins.gov.co/Paginas/search.aspx?k=par%C3%A1sitos%20intestinales
    3. https://www.ins.gov.co/Direcciones/RedesSaludPublica/ProyectosInvestigacion/5.pdf#search=par%C3%A1sitos%20intestinales
    4. https://www.youtube.com/watch?v=FrZwKHwkoaw
    5. https://revistas.unimagdalena.edu.co/index.php/duazary/article/download/676/636/1529 
    6. https://revistas.udca.edu.co/index.php/ruadc/article/download/824/932?inline=1
    7. https://repository.urosario.edu.co/bitstream/handle/10336/14180/articulo%20final%2011.pdf?sequence=1
    8. http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1022-51292007000300007
    9. http://www.scielo.org.bo/scielo.php?pid=S1652-67762005000100011&script=sci_arttext
    10. http://repositorio.udec.cl/jspui/bitstream/11594/880/2/Manual_Parasitologia.Image.Marked.pdf
    11. https://www.seimc.org/contenidos/ccs/revisionestematicas/parasitologia/ccs-2009-parasitologia.pdf

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